Planeación y presupuesto participativo

La Planeación Participativa es entendida como el mecanismo mediante el cual la sociedad civil decide el rumbo de las políticas, planes, programas, proyectos o trámites de acuerdo con sus necesidades. La participación puede darse en la delimitación de los resultados e impactos esperados y en la definición de productos y de actividades.

El Presupuesto Participativo es obligatorio para territorio, alcaldías y gobernaciones y no para entidades nacionales (Art 90, 91, 92 y 93 Ley 1557 de 2015).

El Departamento Administrativo de Función Pública, acoge los lineamientos de articulación, coordinación, cooperación y participación de todos los interesados, para la formulación e implementación de planes y estrategias que resuelvan las necesidades de los ciudadanos, conforme al propósito y misional de la Entidad.

Planes Institucionales 2025

Función Pública pone a consideración de sus grupos de valor los planes institucionales definidos en el Decreto 612 de 2018 "Por el cual se fijan directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte de las entidades del Estado". En caso de tener observaciones o comentarios, los invitamos a diligenciar el siguiente formulario que podrá diligenciarlo al darle clic en el siguiente título o enlace: Formulario Planes Institucionales 2025

 

 







13. Plan Institucional de Gestión del Riesgos Integral

 

14. Plan Nacional de Infraestructura de Datos

 

15. Plan Equipo Catalizador

 

 

   Plan anticorrupción y de atención al ciudadano

Frente al Plan de Anticorrupción y Atención al Ciudadano, se informa que en lo sucesivo se denomina como el Programa de Transparencia y Ética Pública, conforme a lo determinado en el artículo 31 de la Ley 2195 del 18 de enero de 2022 (y a lo indicado en el Decreto 1122 de 2024 “Por el cual se reglamenta el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, en lo relacionado con los Programas de Transparencia y Ética Pública”), cuyo contenido modificó artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 que creaba el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. Por lo anterior, el Departamento Administrativo de la Función Pública realizará el ejercicio de su formulación y consolidación en lo corrido del año para finalizar con su publicación que se programa a más tardar 30 de agosto de 2025.

 

Última actualización : 27/01/2025