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Información Importante
Debido a la alta concurrencia de usuarios, la funcionalidad de restablecimiento de contraseñas en SIGEP II presenta retrasos en la llegada del correo a los usuarios. Si pasados 30 minutos el correo de restablecimiento no llega, agradecemos comunicarse con la Oficina de Relación Estado Ciudadanías en la ciudad de Bogotá al PBX 6017395656 opción 2, proporcionando su CC y teléfono de contacto e indicando el asunto “Restablecimiento de contraseña”, Presentamos excusas y agradecemos su comprensión.

Para tener en cuenta...
Recuerda hacer Clic en el botón GUARDAR DEFINITIVO para que tu declaración de bienes y rentas quede guardada y cargada en el SIGEP II

Para recuperar la contraseña realice los siguientes pasos:
1. Ingresar a www. https://www.funcionpublica.gov.co/web/sigep2 dar click en «Ingresar». 2. Dar click en «Olvidó su contraseña». 3. El sistema le pedirá el tipo y el número de documento, seguido seleccionar «Recuperar Contraseña».
Luego aparecerá un anuncio informando que SIGEP II ha generado un correo con un link para que el usuario cree su contraseña, el cual llegará a los correos electrónicos registrados en su hoja de vida.
Ingresar
Solicite a los administradores del sistema en su entidad (Jefe de Talento Humano, Operador de talento humano, Jefe de Contratos u Operador de contratos, según corresponda) habilitar esta posibilidad, retirando el check de verificación de los registros correspondientes.

Para contratistas, responsables del manejo de recursos públicos, la elaboración de Bienes y Renta se realiza en el aplicativo de Ley 2013, https://www.funcionpublica.gov.co/fdci/login/auth?opcionDestino=LEY2012. Recuerde que los datos de acceso son diferentes al portal de SIGEP, donde declaran los servidores públicos.
Ingresar al Aplicativo por la Integridad Pública
Si al realizar la búsqueda en el filtro de “Educación Superior” no encuentra el programa que requiere, debe enviar al correo soportesigep2@funcionpublica.gov.co, el número de identificación, acompañado de la descripción completa del programa superior que no encuentra y la imagen (captura de pantalla) donde se evidencie el inconveniente que presenta.
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Debe dirigirse a los administradores de SIGEP II dentro de su entidad para que realice su activación como servidor público o contratista en el sistema.
Bienvenido a SIGEP II
Para la actualización de la Hoja de Vida puede ingresar al siguiente enlace y hacerlo directamente.
El Departamento Administrativo de la Función Pública lidera desde el año 2010 la implementación del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP) con el fin de compilar información de gestión del talento humano al servicio del Estado Colombiano, lo anterior en cumplimiento del artículo 18 de la Ley 909 de 2004.
Declaraciones en SIGEP
Hoja de vida y declaración de bienes y rentas
La Declaración de Bienes y Rentas es una obligación de todos los servidores públicos de entidades y organismos públicos, se realiza en el SIGEP y contiene información detallada de ingresos, cuentas bancarias, bienes patrimoniales, acreencias y obligaciones y participación en juntas, consejos directivos, corporaciones, sociedades o en cualquier organización o actividad privada de carácter económico o sin ánimo de lucro dentro o fuera del país y solo podrá ser utilizada para los fines y propósitos de la aplicación de las normas del servicio público.
Artículo 122 de la Constitución Política de Colombia, Ley 190 de 1995 y Decreto 1083 de 2015.
¿Quiénes debe presentar esta declaración?
Todos los servidores públicos (empleados públicos y trabajadores oficiales) que tomen posesión en un cargo público en las entidades u organismos del orden nacional y territorial.
¿Cuándo se realiza?
La declaración de bienes y rentas se debe hacer en tres momentos:
- 1. Al ingresar al cargo.
- 2. Entre el 1º de abril y el 31 de mayo de cada vigencia, para servidores públicos de las entidades y organismos públicos de orden nacional o entre el 1º de junio y el 31 de julio de cada vigencia para servidores públicos de las entidades y organismos públicos de orden territorial.
- 3. Al retirarse del cargo.
¿En dónde se realiza?
En el SIGEP II.
¿Necesita ayuda?
Si tiene alguna duda o presenta algún inconveniente, escríbanos a soportesigep2@funcionpublica.gov.co indicando de manera clara y precisa su requerimiento, e informando su nombre, tipo y número de documento y teléfono de contacto.
Declaraciones en el Aplicativo por la Integridad Pública
Es la herramienta dispuesta por Función Pública para que los servidores públicos de altos cargos del Estado, contratistas y demás sujetos obligados declaren sus bienes y rentas e impuesto sobre la renta y complementarios y registren sus conflictos de interés (Ley 2013 de 2019); para que las Personas Expuestas Políticamente declaren su información financiera complementaria (Decreto 830 de 2021); y para que la ciudadanía, entes de control, medios de comunicación y organizaciones interesadas consulten y usen esta información en cumplimiento de los principios de integridad y transparencia y el ejercicio del control social.
Aplicativo por la Integridad Pública Aviso de Privacidad
Declaración de bienes y renta y conflictos de interés
La declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios solicita información más básica y general con fines de control social, por lo cual es pública, y tiene como objetivo cumplir los principios de transparencia y publicidad de la información.
¿Quiénes debe presentar esta declaración?
- Altos directivos del Estado
- Servidores públicos electos mediante voto popular
- Contratistas descritos en la Circular Externa No. 100-019 de Función Pública
- Personas jurídicas que prestan función pública
¿Cuándo se realiza?
La declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios se debe hacer:
- Al posesionarse, ejercer y retirarse del cargo.
- A quienes no aplica el ingreso y retiro del cargo, será requisito antes, durante y al término del ejercicio de la función pública, prestación de servicios públicos o administración de bienes o recursos públicos
Y se debe actualizar:
- Cada año mientras subsista la calidad de sujeto obligado.
- Dentro de los dos meses siguientes a cuando se produzca cualquier cambio en la información contenida en la declaración de bienes y rentas y en el registro de conflictos de interés
- Dentro del mes siguiente a la presentación de la última declaración del año gravable ante la DIAN del impuesto sobre la renta y complementarios.
Declaración de Personas Expuestas Políticamente (PEP)
La Declaración PEP busca poner la lupa sobre la información financiera de las personas con mayor responsabilidad con el Estado para contribuir a disminuir la corrupción, el lavado de activos y la financiación del terrorismo, y facilitar el control y la veeduría ciudadana, la generación de alertas tempranas frente a operaciones sospechosas y posibles flujos de dineros de procedencia ilícita y la recuperación de bienes obtenidos ilegalmente.
¿Quiénes debe presentar esta declaración?
Aquellos servidores públicos que, por los riesgos de corrupción asociados a las funciones propias de sus cargos, deben ser tratados como sujetos especiales por el sistema financiero y los demás sujetos de reporte de operaciones sospechosas, según lo descrito en los numerales 1 al 14 del artículo 2 del Decreto 830 de 2021.
¿Cuándo se realiza?
La Declaración PEP debe hacerse cada vez que la persona se encuentre en algún proceso de vinculación, desvinculación, monitoreo y actualización de los datos del cliente, y debe actualizarse máximo sesenta (60) días calendario siguientes al cambio de alguna de las condiciones o requerimientos de información señalados en el Decreto 1081 de 2015.
Lineamientos frente a contratos de prestación de servicios profesionales o apoyo a la gestión.
Si usted es un Servidor Público, registre sus familiares hasta segundo grado de afinidad y segundo grado de consanguinidad, con contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión con el Estado, según la Directiva Presidencial 001 de 2022.
¿Necesita ayuda?
Circulares
Preguntas frecuentes
- Circular Externa No. 100-008 de 2021: Cumplimiento de la Ley 2013 de 2019
- Circular Externa No. 100-019 de 2021: Orientaciones para el cumplimiento del Decreto 830 de 2021 por parte de sus sujetos obligados y de la Ley 2013 de 2019 por parte de los contratistas del Estado.
- Video tutorial - Declaración de Ley 2013 de 2019
- Tips para presentar la Declaración de Ley 2013 de 2019
- Declaración de bienes y rentas y conflictos de interés (Ley 2013 de 2019) - Persona natural
- Declaración de bienes y rentas y conflictos de interés (Ley 2013 de 2019) - Persona jurídica | actualizado nov./2022
- Declaración de información como Persona Expuesta Políticamente (Decreto 830 de 2021) | actualizado nov./2022
- Preguntas frecuentes sobre la declaración de bienes y rentas y conflictos de interés (Ley 2013 de 2019)
- Preguntas frecuentes sobre la declaración como Persona Expuesta Políticamente (Decreto 830 de 2021)
Marco Normativo
| Normatividad | Descripción | Enlace |
|---|---|---|
| Ley 80 de 1993 | Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. | Ver norma |
| Ley 190 de 1995 | Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa. | Ver norma |
| Ley 489 de 1998 | Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional... | Ver norma |
| Decreto 1145 de 2004 | Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el desarrollo del Sistema General de Información Administrativa del Sector Público, SUIP. | Ver norma |
| Decreto 2482 de 2010 | Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la operación del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP) y se deroga el Decreto 1145 de 2004. | Ver norma |
| Decreto 1083 de 2015 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. | Ver norma |
| Ley 2013 de 2019 | Por medio del cual se busca garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia y publicidad mediante la publicación de las declaraciones de bienes, renta y el registro de los conflictos de interés. | Ver norma |
| Decreto 830 de 2021 | Por el cual se modifican y adicionan algunos artículos al Decreto 1081 de 2015, en lo relacionado con el régimen de las Personas Expuestas Políticamente (PEP). | Ver norma |
| Circular Externa 100-019 de 2021 | Orientaciones para el cumplimiento del decreto 830 de 2021 y de la ley 2013 de 2019 por parte de contratistas del Estado. | Ver norma |
| Directiva Presidencial 001 de 2022 | Lineamientos frente a contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión. | Ver norma |
Si tiene alguna duda o presenta algún inconveniente, escríbanos a soporteaplicativointegridad@funcionpublica.gov.co indicando de manera clara y precisa su requerimiento, e informando su nombre, tipo y número de documento y teléfono de contacto.
