Decreto 1498 de 2018
Fecha de Expedición: 06 de agosto de 2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
- Subtema: Bonificación Especial
Crea una bonificación por una sola vez para los servidores de la Procuraduría General de la Nación y ajusta unas remuneraciones
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
- Subtema: Bonificación Especial/Remuneración
Crea una bonificación por una sola vez para los servidores de la Procuraduría General de la Nación y se ajustan unas remuneraciones, modificando el artículo 3 del Decreto 186 de 2014, modificado por los decretos 1239 de 2014, 1257 de 2015, 245 de 2016, 1013 de 2017 y 337 de 2018.
REMUNERACIÓN
- Subtema: Bonificación Especial
Crea una bonificación por una sola vez para los servidores de la Procuraduría General de la Nación y ajusta unas remuneraciones
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
REMUNERACIÓN
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 1498 DE 2018
(Agosto 6)
Por el cual se crea una bonificación por una sola vez para los servidores de la Procuraduría General de la Nación y se ajustan unas remuneraciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4 de 1992,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Bonificación Especial. Créase para los empleados de la Procuraduría General de la Nación, con excepción del Procurador General de la Nación, Viceprocurador General, Procuradores Delegados y Procuradores Judiciales I y II, por una sola vez, y con carácter salarial, una bonificación especial equivalente al 48% de la asignación básica mensual, prima de antigüedad y gastos de representación, correspondiente al empleo que desempeña el servidor a 31 de julio de 2018.
Para tener derecho a la bonificación el empleado debe encontrarse en servicio activo al momento del reconocimiento y haber laborado un año continuo en la Procuraduría. Los servidores que a la fecha del reconocimiento no hayan cumplido el año de servicios, tendrán derecho a que se les reconozca una doceava por cada mes completo de labor.
La bonificación por una sola vez se pagará en la nómina del mes de agosto del presente año.
ARTÍCULO 2. Remuneraciones. Modificar el artículo 3 del Decreto 186 de 2014, modificado por los decretos 1239 de 2014, 1257 de 2015, 245 de 2016, 1013 de 2017 y 337 de 2018, el cual quedará así:
"ARTÍCULO 3. A partir del 1 de agosto de 2018, la remuneración mensual del Director del Instituto de Estudios del Ministerio Público, del Director Nacional de Investigaciones Especiales, del Procurador Auxiliar de la Procuraduría General de la Nación, del Secretario General de la Procuraduría General de la Nación, del Secretario General de la Defensoría del Pueblo y del Veedor de la Procuraduría General de la Nación será de veintiún millones quinientos noventa y tres mil pesos ($21.593.000) moneda corriente, distribuida así:
Asignación Básica |
6.324.841 |
Gastos de Representación |
6.324.834 |
Prima Técnica |
5.553.210 |
Prima Especial |
3.390.115 |
ARTÍCULO 3. Asignaciones Básicas. A partir del 1 de agosto de 2018, la asignación básica mensual para los empleos de la Procuraduría General de la Nación relacionados a continuación se regirá por la siguiente nomenclatura y escala salarial:
DENOMINACIÓN |
CÓDIGO |
ASIGNACIÓN MENSUAL |
JEFE DE DIVISION |
2JD |
10.992.684 |
SECRETARIO PRIVADO |
1SP |
12.295.087 |
JEFE DE OFICINA |
1JO |
12.295.087 |
ARTÍCULO 4. Actualización de la remuneración. El Jefe de Talento Humano o quien haga sus veces en la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría del Pueblo debe efectuar los respectivos ajustes ordenados en el presente decreto a partir del mes de agosto y mantener actualizadas las escalas salariales.
ARTÍCULO 5. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos a partir del 1 de agosto de 2018 y modifica en lo pertinente el Decreto 186 de 2014, modificado por los decretos 1239 de 2014, 1257 de 2015, 245 de 2016, 1013 de 2017 y 337 de 2018, y el Decreto 264 de 2000.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 6 días del mes de agosto del año 2018
MAURICIO CÁRDENAS ANTAMARÍA
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
ENRIQUE GIL BOTERO
MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
LILIANA CABALLERO DURÁN
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
Nota: Publicado en el Diario Oficial No. ** de 6 de agosto de 2018