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El artículo 10 del Decreto 230 de 2021 establece los siguientes miembros:
- El presidente y el secretario técnico de la Comisión Regional de Moralización, o su delegado.
- El presidente y el secretario técnico del Consejo Departamental de Participación Ciudadana, o su delegado.
- El gobernador y el secretario técnico del Comité Departamental de Gestión y Desempeño, o su delegado.
- El alcalde de la ciudad capital del departamento o su delegado en representación del Comité Distrital o Municipal de Gestión y Desempeño de la ciudad capital correspondiente.
Cada Comité Territorial designará un presidente.
La Secretaría Técnica de los Comités Territoriales estará a cargo de la oficina de planeación de la gobernación correspondiente o quien haga sus veces.
