¿Quiénes piden cuentas?

El congreso

Realizan un control horizontal institucional al ejercicio del poder público con base en facultades legales. Se materializa en la entrega del informe anual por parte del Consejo Superior de la Judicatura en el que se evidencia el estado de la administración de justicia. Según el Artículo 80 de la Ley 270 Estatutaria de Administración de Justicia (LEAJ).

La ciudadanía

En ejercicio del poder ciudadano y el derecho a vigilar el poder judicial, los ciudadanos realizan el control social en forma individual o colectiva, a través de diversos mecanismos y acciones de participación.

Academia

Se constituyen en un actor cualificado de interlocución permanente, con diferentes niveles de incidencia, que permite articular la rama con la ciudadanía. Realizan petición de cuentas de manera general y algunas contemplan la función de monitoreo y seguimiento a través de observatorios.

Los medios de comunicación

El periodismo de investigación puede actuar como una fuerza que, a través de la información, controla los eventuales abusos de poder. La prensa monitorear, mediante reportajes, la difusión de información pública en temas de interés ciudadano.

Usuarios

Los usuarios como abogados litigantes, el estado y clientes interesados, realizan seguimiento constante a la garantía de sus derechos y a las condiciones de eficacia, eficiencia y efectividad del poder judicial.

El Consejo Superior de Judicatura y otras cortes

Hacen seguimiento a las condiciones de eficacia, eficiencia y efectividad del poder judicial.

La rendición de cuentas interna es fundamental en la Rama Judicial. Es fundamental implementar la práctica de dar cuenta ante los propios jueces y miembros del sistema, por lo cual se deben institucionalizar los ejercicios de rendición de cuentas internos que ya se han ido adelantando y aplicarlos en todos los niveles. El ejemplo de la rendición de cuentas es un elemento fundamental para replicar las experiencias en la rama frente a los grupos de valor.