El Comité Nacional está compuesto por los siguientes miembros, según lo establecido en el artículo 7 del Decreto 230 de 2021:

  1. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, o su delegado.
  2. El Ministro del Interior, o su delegado.
  3. El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, o su delegado.
  4. El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.
  5. El Secretario de Transparencia de la Presidencia de la República, o su delegado.
  6. El presidente del Consejo Superior de la Judicatura, o su delegado.
  7. El Procurador General de la Nación, o su delegado.
  8. El Fiscal General de la Nación, o su delegado.
  9. El Contralor General de la República o su delegado.
  10. El presidente de la Cámara de Representante y el presidente del Senado de la República o sus delegados, participantes de la Comisión Nacional de Moralización.
  11. El representante de la Confederación Colombiana de ONG o de otras federaciones de ONG elegido ante el Consejo Nacional de Participación o su delegado.
  12. El Gobernador elegido por la Federación de Departamentos ante el Consejo Nacional de Participación o su delegado.
  13. El Alcalde elegido por la Federación Colombiana de Municipios ante el Consejo Nacional de Participación o su delegado.
  14. El representante de la Asociación Colombiana de Universidades – ASCUN elegido ante el Consejo Nacional de Participación o su delegado.
  15. El representante de los Gremios económicos elegido ante el Consejo Nacional de Participación o su delegado.
  16. Un representante de las ciudades capitales designado por Asocapitales.

El Comité Nacional es presidido por el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, o su delegado, quien ejerce la coordinación general del Sistema Nacional de Rendición de Cuentas.

La Secretaría Técnica del Comité Nacional del Sistema Nacional de Rendición de Cuentas está a cargo del Departamento Administrativo de la Función Pública a través de la Dirección de Participación, Transparencia y Servicio al Ciudadano.

El Comité Nacional es la instancia máxima de coordinación y decisión del Sistema, y una de sus funciones es la definición y aprobación del plan estratégico y Manual Operativo. Este último es el documento que orienta el funcionamiento del Sistema a través de la disposición de condiciones y mecanismos de interacción entre los agentes e instancias de coordinación y operación.

El artículo 10 del Decreto 230 de 2021 establece los siguientes miembros:

  1. El presidente y el secretario técnico de la Comisión Regional de Moralización, o su delegado.
  2. El presidente y el secretario técnico del Consejo Departamental de Participación Ciudadana, o su delegado.
  3. El gobernador y el secretario técnico del Comité Departamental de Gestión y Desempeño, o su delegado.
  4. El alcalde de la ciudad capital del departamento o su delegado en representación del Comité Distrital o Municipal de Gestión y Desempeño de la ciudad capital correspondiente.

Cada Comité Territorial designará un presidente.

La Secretaría Técnica de los Comités Territoriales estará a cargo de la oficina de planeación de la gobernación correspondiente o quien haga sus veces.

Los comités territoriales son las instancias que coordinan y operan el Sistema en cada uno de los departamentos y apoyan la puesta en marcha de los nodos del Sistema.