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La Dirección de Empleo Público realizó un chat temático con el fin de resolver inquietudes de las entidades sobre el seguimiento al Plan Institucional de Capacitación, PIC, en el que se resolvieron dudas en temas como el impacto, la evaluación, seguimiento, indicadores, entre otros. A continuación conozcan las respuestas a las preguntas más frecuentes.
¿Qué es el Plan Institucional de Capacitación?
El Plan Institucional de Capacitación, PIC es el conjunto coherente de acciones de capacitación y formación que durante un periodo de tiempo y a partir de unos objetivos específicos, facilita el desarrollo de competencias, el mejoramiento de los procesos institucionales y el fortalecimiento de la capacidad laboral de los empleados a nivel individual y de equipo para conseguir los resultados y metas institucionales establecidas en una entidad pública.
¿Qué mecanismos o procedimientos se recomiendan para la evaluación de impacto del PIC?
El mecanismo recomendado es a través de indicadores, que permitan valorar los cambios y mejoras organizacionales como consecuencia de la capacitación realizada.
La Cartilla de Administración Pública Plan Nacional de Formación y Capacitación de Empleados Públicos para el Desarrollo de Competencias establece que a más tardar en el mes de abril de cada año deberán quedar formulados los Planes Institucionales de capacitación con base en los proyectos de aprendizaje priorizados en las entidades. ¿Esto quiere decir que en abril las entidades deberían tener aprobado el PIC o sólo formulado?
Efectivamente, a más tardar en el mes de abril deben tener las entidades públicas formulado el Plan Institucional de Capacitación - PIC. Aunque se sugiere adelantar acciones para formularlo y aprobarlo antes de esta fecha con el fin de poder iniciar las actividades que se encuentren programadas.
Si el PIC se aprobó en el mes de junio, se estaría incumpliendo lo que menciona Función Pública?
La Guía PIC indica que debe estar formulado a más tardar en el mes de abril de la vigencia; sin embargo, lo importante es que este formulado y aprobado para la vigencia correspondiente.
¿Cómo puedo consultar la Guía?
Ustedes pueden consultar la Guía para la formulación del Plan Institucional de capacitación en el siguiente enlace /documents/418537/529196/2454.pdf/502d0847-09a8-49a2-b39e-e0eb70dda183
¿Quién es el responsable de hacer seguimiento al PIC?
Es un proceso interdisciplinario de la entidad donde convergen (intervienen) la oficina de Talento Humano, la de Planeación, Control Interno y la Comisión de Personal.
¿Dentro del PIC, adicional a los Planes de Aprendizaje en Equipo (PAE), se pueden incluir temas transversales de capacitación?
En el Plan de capacitación sí se pueden incluir temas transversales una vez estén identificados en el diagnóstico para la elaboración del PIC.
Uno de los PAE está centrado en la elaboración de módulos de capacitación en temas específicos de la Entidad, desarrollados por nuestro personal de libre nombramiento y remoción; y carrera. Cuando estén montados los módulos, ¿se puede incluir al personal provisional y de contrato en estos espacios?
Sí se puede incluir al personal provisional siempre y cuando sea entrenamiento en el puesto de trabajo, con los contratistas no se pueden incluir en las capacitaciones.
Una vez ejecutado el PIC de la vigencia, ¿Cuándo es conveniente medir el impacto?
Es conveniente medirlo cuando termine la ejecución del PIC, es decir cuando se hayan realizado todas las actividades establecidas en capacitación.
Teniendo en cuenta la circular 100-010 de 2014, ¿En qué actividades de capacitación pueden ser incluidos los contratistas?
La Circular establece que podrán asistir a las actividades que imparta directamente la entidad, que tengan como finalidad la difusión de temas transversales y de interés para el desempeño institucional.
Con relación al entrenamiento en el puesto de trabajo se menciona que debe ser inferior a 160 horas. ¿Este tiempo se cuenta a partir del ingreso a la entidad o se suman todos los espacios en los que participe el provisional?
Las 160 horas corresponden a la actividad que se quiera desarrollar.
Cuando se elabora el diagnóstico o encuesta a los servidores públicos sobre los temas de capacitación, se dan una serie de capacitaciones pero no apropian recursos para la ejecución. ¿Qué se puede hacer en este caso?
Las necesidades de capacitación identificadas en el diagnóstico, deben ser priorizadas por el área de Recursos Humanos de la entidad, asignar el presupuesto para su ejecución y luego ser aprobado.
¿Es obligatorio adoptar el PIC mediante acto administrativo?
No es obligatorio hacerlo mediante acto administrativo; lo importante es que se formule mediante cualquier tipo de documento que cumpla con el principio de publicidad para los servidores públicos.
Si se formula el PIC y no se logran consolidar los PAE, ¿Se pueden desarrollar solo los temas priorizados?
Para realizar el diagnóstico e identificar las necesidades de capacitación el mecanismo utilizado es el de los PAES; por lo tanto, es a través de este proceso como se formula el PIC.