Sentencia C-088 de 2000 Corte Constitucional
Fecha de Expedición: 02 de febrero de 2000
Fecha de Entrada en Vigencia: 02 de febrero de 2002
Medio de Publicación:
ALCALDE
- Subtema: Competencias
Si el representante legal de la entidad estatal contratante, en uso de esta facultad, delegó en un directivo la competencia para celebrar contratos, será este último, en cuanto delegatario, el responsable solidario con el contratista y los restantes sujetos que hayan intervenido en la actuación contractual de la que se deriva detrimento patrimonial para la Sociedad, y lesión a la moralidad pública y al interés colectivo
La sentencia actualizada se encuentra disponible en la entidad que la origina
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