Portal Función Pública
Sala de prensa
Si un servidor público piensa trabajar en casa desde el exterior debe tener en cuenta lo siguiente
Octubre 07 de 2021 09:47 AM
Función Pública aclara que los servidores públicos deben prestar su servicio en el territorio nacional.
• La Ley 2088 de 2021 regula la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado o con el sector privado.
• Los servidores y trabajadores que estén bajo esa modalidad de trabajo en casa seguirán disfrutando de los mismos derechos y garantías que rigen su relación laboral.
Bogotá, jueves 07 de octubre de 2021.- El Departamento Administrativo de la Función Pública, recuerda los procedimientos necesarios para la implementación del trabajo en casa los cuales se rigen según la Ley 2088 de 2021 que regula el trabajo en casa y dicta otras disposiciones.
A través de un concepto jurídico Función Pública aclaró la consulta de varios servidores públicos sobre si una entidad del sector público podía autorizar el trabajo en casa desde el exterior.
“En la presente Ley 2088 de 2021 no se evidencia que permita a los empleados públicos o trabajadores que desarrollen el trabajo en casa desde otra ciudad o en el exterior”, indica el concepto de Función Pública.
Adicionalmente, el documento jurídico señala que “lo que establecen las normas es que los servidores y trabajadores podrán prestar sus servicios bajo la modalidad en casa según lo habilite así la entidad pública o empresa privada, pero es importante que su domicilio se mantenga ya que eventualmente se le puede solicitar la presencia del empleado en las instalaciones físicas para prestar sus servicios de manera presencial”.
Por lo cual es importante tener en cuenta cuáles son los procedimientos para la implementación del trabajo en casa, en donde toda empresa y entidad pública o privada deberá contar con un método para proteger este derecho y garantizar a través de capacitaciones el uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación-TIC.
Para dar inicio a esta habilitación, el empleador deberá notificar por escrito a sus trabajadores acerca de la habilitación de trabajo en casa e indicar el periodo de tiempo que el trabajador estará laborando bajo esta habilitación.
Durante este periodo el servidor o trabajador continuará gozando de los mismos derechos y garantías que rigen su relación laboral, entre las cuales se regulan, la jornada laboral, horas extra, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada laboral, derechos de asociación y en general todos los derechos que tenga según su contrato y relación laboral.


