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Servidores del orden nacional: diligenciamiento formato declaración bienes y rentas 

Servidores del orden nacional: diligenciamiento formato declaración bienes y rentas 

Mayo 31 de 2022 05:49 PM

Hoja de papel en mano de dos mujeres

Bogotá, 31 de mayo de 2022.- De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.16.4 del Decreto 1083 de 2015 referente a la actualización de la declaración de bienes y rentas y de la actividad económica, el cual contempla que “La actualización de la declaración de bienes y rentas y de la actividad económica será efectuada a través del Sistema de Información y Gestión de Empleo Público - SIGEP y presentada por los servidores públicos para cada anualidad en el siguiente orden:

a)    Servidores públicos de las entidades y organismos públicos de orden nacional entre el 1º de abril y el 31 de mayo de cada vigencia (…)”.

Por lo anterior y teniendo en cuenta la alta demanda y concurrencia en el aplicativo SIGEP con ocasión de la estabilización del sistema, situación que está generando alguna intermitencia de este; la Función Pública como administrador del SIGEP señala que:

  • 1.    Todas las entidades deberán iniciar las gestiones pertinentes para el diligenciamiento de la declaración de bienes y rentas y de la actividad económica en lo posible en el aplicativo para mantener el sistema actualizado.
  • 2.    Ante una eventual indisponibilidad, puede ser diligenciado el formato de declaración de bienes y rentas y de la actividad económica en físico el cual puede ser descargado en la siguiente dirección: https://www.funcionpublica.gov.co/descarga-de-formatos y entregado en la Oficina de Talento Humano. 

No obstante, una vez se estabilice el sistema, los servidores públicos que hubieren diligenciado el formato en físico, deberán actualizar su información en el aplicativo. 

Finalmente, es importante recordar la responsabilidad de los jefes talento humano o de quienes hagan sus veces, en la verificación del cumplimiento de la referida la declaración periódica de bienes y rentas, así como en su recopilación y custodia, y la responsabilidad de los jefes de control interno en el seguimiento de esta labor.


 

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