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El servidor público encargado en una sede diferente a la habitual no le asiste el derecho al reconocimiento y pago de los gastos de traslado

El servidor público encargado en una sede diferente a la habitual no le asiste el derecho al reconocimiento y pago de los gastos de traslado

Febrero 10 de 2022 10:25 AM

Imagen panorámica de una calle y al fondo un arcoiris

En caso de encargo en otra sede de la entidad ubicada en una ciudad diferente a la habitual de trabajo, no es procedente el reconocimiento y pago de los gastos de traslado.

•    En el decreto ley 1042 de 1978 se hace referencia a los gastos de traslado cuando un funcionario es nombrado de manera permanente para un cargo fuera del municipio. 
•    En el artículo 3 del Decreto 979 de 2021 se establecen las escalas de los viátivos. 
 
Bogotá, jueves 10 de febrero de 2022.- El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió concepto respecto de si la entidad pública debe reconocer los gastos de traslado de un empleado que fue encargado en un empleo en otra sede diferente a la habitual de su trabajo o en otra ciudad. 

Al atender el interrogante, Función Pública adelantó la revisión del marco normativo de la figura de traslado, esto es el artículo 73 del Decreto Ley 1042 de 1978, que hace referencia a los gastos de traslado cuando un funcionario fuere nombrado con carácter permanente para ocupar un cargo en otro municipio, y los artículos 2.2.5.4.2, 2.2.5.4.3, 2.2.5.4.4 y 2.2.5.4.5 del Decreto 1083 de 2015.

También hizo referencia al artículo 3 del Decreto 979 de 2021, mediante el cual se fijan las escalas de viáticos establece.

Una vez revisados los fundamentos normativos y frente a la solicitud particular, Función Pública concluyó: “en caso de encargo en otra sede de la entidad ubicada en una ciudad diferente a la habitual de trabajo, no es procedente el reconocimiento y pago de los gastos de traslado que pudieran causarse con motivo de esta situación administrativa”.

Para más información consulte el Concepto Jurídico emitido Función Pública para responder a ese interrogante. 

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