Decreto 63 de 1990
Fecha de Expedición: 04 de enero de 1990
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
REMUNERACIÓN
- Subtema: Prima Técnica
Decreto que dicta normas sobre Prima Técnica
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DECRETO 63 DE 1990
(Enero 04)
(Derogado por el Art. 17 del Decreto 1661 de 1991)
“Por el cual se dictan normas sobre Prima Técnica”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. La prima técnica podrá ser igualmente conferida a funcionarios que desempeñen empleos del nivel directivo, siempre y cuando la asignación básica del cargo que ocupan no sea superior a la correspondiente al grado 09 de la escala salarial de dicho nivel directivo.
ARTÍCULO 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 2° del Decreto Extraordinario 37 del 3 de enero de 1989.
Dado en Bogotá, D.E., a los 4 días del mes de enero de 1990.
VIRGILIO BARCO.
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.
EL JEFE DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL,
WILLIAM RENÉ PARRA GUTIÉRREZ.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 39130. 4 de enero de 1990.