Decreto 200 de 2013 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 200 de 2013

Fecha de Expedición: 12 de febrero de 2013

Fecha de Entrada en Vigencia: 12 de febrero de 2013

Medio de Publicación: Diario Oficial 48702 de febrero 12 de 2013

REMUNERACIÓN
- Subtema: Asignación Salarial

Por el cual se fija la escala salarial para los empleos públicos del Congreso de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 0200 DE 2013

(Febrero 12)

Por el cual se modifica el Decreto 924 de 2008 y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la conferida en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el parágrafo transitorio del artículo 79 de la Ley 715 de 2001, adicionado por el artículo 23 de la Ley 1176 de 2007, el Conpes Social podrá determinar la transición para la aplicación plena de las fórmulas de distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa de la Participación de Propósito General.

Que se hace necesario garantizar a las entidades beneficiarias de la Participación de Propósito General, para la vigencia 2013, los recursos asignados en el año 2012 a los sectores de deporte y recreación y cultura.

Que para el municipio de Gramalote – Norte de Santander, además de la garantía en la distribución de los recursos asignados en el año 2012 a los sectores de deporte y recreación y cultura, se requiere que el Conpes Social determine transitoriamente los indicadores pertinentes para la distribución de los recursos de eficiencia fiscal y administrativa de la Participación de Propósito General, toda vez que con ocasión de los efectos generados por la ola invernal de público conocimiento del año 2010 – 2011, no alcanzó los criterios para la asignación de estos recursos.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo  1°. El artículo 1° del Decreto 924 de 2008 quedará así:

Artículo 1°. Transición en la distribución de los recursos de la participación de propósito general correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa. En la asignación de los recursos correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa de la Participación de Propósito General para la vigencia fiscal 2013, el Conpes Social podrá incluir una compensación con el fin de garantizar los recursos asignados en el año 2012 a los sectores de deporte y recreación y cultura. Estos recursos se distribuirán entre las entidades beneficiarias de la Participación de Propósito General, asignándoles un monto adicional que compense la diferencia.

Los recursos asignados de esta manera serán destinados por los beneficiarios exclusivamente a los sectores de deporte y recreación y cultura”.

Artículo 2°. Transición en la distribución de los recursos de la participación de propósito general correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa para el municipio de Gramalote (Norte de Santander). En la asignación de los recursos correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa de la Participación de Propósito General para la vigencia fiscal 2013, el Conpes Social podrá aplicar en el caso del municipio de Gramalote (Norte de Santander) los mismos indicadores utilizados para la distribución de estos recursos en el 2012.

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de febrero de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

El Director del Departamento Nacional de Planeación,

MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 48702 de febrero 12 de 2013.