Decreto 2280 de 2010
Fecha de Expedición: 20 de junio de 2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
ENTIDADES PUBLICAS
- Subtema: Suministro de Información
Modifica el artículo 3° del Decreto 235 de 2010, en lo relacionado con la formalización del intercambio de información.
ENTIDADES PUBLICAS
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DECRETO 2280 DE 2010
(Junio 20)
Por el cual se modifica el artículo 3° del Decreto 235 de 2010.
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES, MEDIANTE DECRETO 2202 DEL 21 DE JUNIO DE 2010,
En ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto-ley 2150 de 1995, modificado por el artículo 14 de la Ley 962 de 2005,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Modifícase el artículo 3° del Decreto 235 de 2010, el cual quedará así:
"ARTÍCULO 3°. Para efectos de formalizar el intercambio de información, de manera ágil, oportuna y confiable, las entidades públicas o los particulares encargados de una función administrativa podrán emplear el mecanismo que consideren idóneo para el efecto, tales como cronograma de entrega, plan de trabajo, protocolo o convenio, entre otros".
ARTÍCULO 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 3° del Decreto 235 de 2010.
Dado en Bogotá, D. C., a los 25 días del mes de junio de 2010.
FABIO VALENCIA COSSIO
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA,
FABIO VALENCIA COSSIO.
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
ÓSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 47751. 25 de junio de 2010.