Decreto 1888 de 2012 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1888 de 2012

Fecha de Expedición: 11 de septiembre de 2012

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Modificación Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1888 DE 2012

 

(Septiembre 11)

 (Derogado por el Art. 2 del Decreto 2595 de 2014)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable. 

 

Que para los fines del presente decreto se cuenta con el concepto de viabilidad de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes cargos: 

 

N° de cargos

 

 

Denominación del Empleo

 

 

Código

 

 

Grado

 

 

DESPACHO MINISTRO CONSEJERO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

Un (1)

 

 

Ministro Consejero del Presidente de la República

 

 

1185

 

 

-

 

 

Un (1)

 

 

Asesor

 

 

2210

 

 

14

 

 

Un (1)

 

 

Asesor

 

 

2210

 

 

10

 

 

Un (1)

 

 

Asesor

 

 

2210

 

 

05

 

 

Un (1)

 

 

Asesor

 

 

2210

 

 

01

 

 

Un (1)

 

 

Secretario Ejecutivo

 

 

5540

 

 

15

 

 

Un (1)

 

 

Conductor

 

 

5520

 

 

08

 

 

 

ARTÍCULO 2° El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 3444 de 2010. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 11 días del mes de septiembre de 2012.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTA MARÍA.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,

 

JUAN RAFAEL MESA ZULETA.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48550. 11 de septiembre de 2012.