Decreto 1920 de 2013 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1920 de 2013

Fecha de Expedición: 06 de septiembre de 2013

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Modificación Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1920 DE 2013

 

(Septiembre 06)

 (Derogado por el Art. 2 del Decreto 2595 de 2014)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 19 de 2012, y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable. 

 

Que para los fines de este decreto se cuenta con el concepto de viabilidad de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República: 

 

DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO 

N°. de cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Un (1) 

Asesor 

2210 

07 

Un (1) 

Asesor 

2210 

03 

 

DESPACHO DEL MINISTRO CONSEJERO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 

No. de Cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Un (1) 

Secretario Ejecutivo 

5540 

15 

Un (1) 

Conductor 

5520 

08 

 

ALTAS CONSEJERÍAS PRESIDENCIALES 

No. de Cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Un (1) 

Asesor 

2210 

09 

Un (1) 

Asesor 

2210 

07 

Tres (3) 

Asesor 

2210 

05 

Un (1) 

Técnico 

4410 

07 

Un (1) 

Secretario Ejecutivo 

5540 

15 

 

SECRETARÍAS PRESIDENCIALES 

No. de Cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Un (1) 

Secretario de Despacho 

5550 

 

 

ARTÍCULO 2°. Créanse los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República: 

 

DESPACHOS DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO 

No. de Cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Un (1)

Asesor

2210

14

Un (1)

Asesor

2210

13

Un (1)

Asesor

2210

10

Un(1)

Asesor

2210

05

 

DESPACHO DEL SUBDIRECTOR GENERAL 

No. de Cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Un (1)

Secretario Ejecutivo

5540

15

 

ALTAS CONSEJERÍAS PRESIDENCIALES 

No. de Cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Un (1)

Asesor

2210

13

 

SECRETARÍAS PRESIDENCIALES 

No. de Cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Un (1)

Asesor

2210

09

Un (1)

Secretario Ejecutivo

5540

17

Un (1)

Secretario Ejecutivo

5540

15

 

PROGRAMAS PRESIDENCIALES 

No. de Cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Cuatro (4)

Asesor

2210

01

Cuatro (4)

Profesional Especializado

3330

12

Un (1)

Profesional Especializado

3330

11

Un (1)

Profesional

3320

06

Dos (2)

Profesional

3320

02

Un (1)

Profesional

3320

01

Un (1)

Secretario de Despacho

5550

 

 

ÁREA ADMINISTRATIVA 

No. de Cargos

Denominación del Empleo

Código 

Grado 

Un (1)

Asesor

2210

01

Un (1)

Técnico

4410

07

Un (1)

Conductor

5520

08

 

ARTÍCULO  3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 3444 de 2010, el 0649, el 1888, el 1961, el 2772 de 2012 y el 1398 de 2013. 

 

PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 6 días del mes de septiembre de 2013.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTA MARÍA.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,

 

AURELIO IRAGORRI VALENCIA.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48905. 6 de septiembre de 2013