Decreto 2283 de 2018 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2283 de 2018

Fecha de Expedición:

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MINISTERIO DEL TRABAJO
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Ministerio del Trabajo

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MINISTERIO DEL TRABAJO

 

DECRETO 2283 DE 2018

 

(Diciembre 12)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio del Trabajo

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las que confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministerio del Trabajo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, para efectos de modificar la planta de personal, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto -Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.

 

Que para los fines de este Decreto se cuenta con el concepto de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Suprimir de la planta de personal del Ministerio del Trabajo los siguientes cargos:

 

PLANTA GLOBAL

No. DE CARGOS

DENOMINACIÓN DE EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

Uno (1)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

2044

10

Dos (2)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

2028

13

 

ARTÍCULO 2. Crear en la planta de personal del Ministerio de Trabajo los siguientes cargos:

 

DESPACHO DEL MINISTRO

No. DE CARGOS

DENOMINACIÓN DE EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

Uno (1)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

2044

1

 

PLANTA GLOBAL

No. DE CARGOS

DENOMINACIÓN DE EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

Uno (1)

DIRECTOR TERRITORIAL

42

12

 

ARTÍCULO 3. El Ministerio del Trabajo, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

 

ARTÍCULO 4. Los empleos que se crean con ocasión de esta modificación, serán provistos de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

 

ARTÍCULO  5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 4112 de 2011,1732 de 2012, 965 de 2013, 2112 de 2013,1614 de 2015, 1616 de 2015, 1715 de 2016 y1497 de 2018.

 

PUBLÍQUESE y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá  D.C., a los 12 días del mes de diciembre de 2018

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALBETO CARRASQUILLA BARRERA

 

LA MINISTRA DEL TRABAJO,

 

ALICIA VICTORIA ARANGO OLMOS

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO