Decreto 83 de 1986
Fecha de Expedición: 10 de enero de 1986
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Nomenclatura de Empleos
Adiciona el Decreto 1042 de 1978, en relación con la nomenclatura de los empleos establecida en los artículos 23, 25 y 26.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 83 DE 1986
(Enero 10)
(Derogado por el Art. 6 del Decreto 457 de 1997)
“Por el cual se adiciona el Decreto-ley 1042 de 1978.”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1986,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Adicionase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 23 del Decreto - ley 1042 de 1978, así:
DENOMINACION
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CODIGO
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GRADO DE REMUNERACION
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Consejero del Consejo Superior del Servicio Civil
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1007
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04
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ARTÍCULO 2º Adiciónase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 25 del Decreto - ley 1042 de 1978, así:
DENOMINACION
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CODIGO
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GRADO DE REMUNERACION
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Profesional Especializado
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3010
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13
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Profesional Universitario
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3020
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08
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Investigador Científico
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3000
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15
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16
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ARTÍCULO 3º Adicionase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 26 del Decreto-ley 1042 de 1978, así:
DENOMINACION
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CODIGO
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GRADO DE REMUNERACION
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Técnico en Plantas Móviles y Microcentrales Eléctricas
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4082
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11
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12
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Capitán de Draga
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4090
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09
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10
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ARTÍCULO 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. E., a los 10 días del mes de enero de 1986
BELISARIO BETANCUR
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
HUGO PALACIOS MEJIA.
LA JEFE DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL,
ERICINA MENDOZA SALADEN.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N 37305, 11 de enero de 1986.