Decreto 2189 de 2009
Fecha de Expedición: 12 de junio de 2009
Fecha de Entrada en Vigencia: 12 de junio de 2009
Medio de Publicación: Diario Oficial 47378 de junio 12 de 2009
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 2189 DE 2009
(junio 12)
por el cual se modifica el artículo 33 del Decreto 962 del 20 de marzo del 2009.
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
Delegatario de Funciones Presidenciales, mediante Decreto 2045 del 4 de junio de 2009, en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política.
DECRETA:
Artículo 1°.
El artículo 33 del Decreto 962 del 20 de marzo de 2009, quedará así:"Artículo 33. Vigencia. El presente decreto comenzará a regir el 20 de noviembre de 2009".
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de junio de 2009.
FABIO VALENCIA COSSIO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Viceministro de Comercio Exterior, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Gabriel A. Duque Mildenberg.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47378 de junio 12 de 2009.