Decreto 2901 de 2008 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2901 de 2008

Fecha de Expedición: 08 de agosto de 2008

Fecha de Entrada en Vigencia: 08 de agosto de 2008

Medio de Publicación: Diario Oficial 47078 de agosto 11 de 2008

CARRERA ADMINISTRATIVA
- Subtema: Concurso o Proceso de Selección

Se modifica el artículo 25 del Decreto 1227 de 2005 en lo referente con la valoración de requitios adicionales por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil

COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC
- Subtema: Competencias

Se modifica el artículo 25 del Decreto 1227 de 2005 en lo referente con la valoración de requisitos adicionales por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil

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DECRETO 2901 DE 2008

(Agosto 08)

 Derogado por el Decreto 1083 de 2015

Por medio del cual se modifica el artículo 25 del Decreto 1227 de 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 909 de 2004,

DECRETA:

Artículo  1°. El artículo 25 del Decreto 1227 de 2005, quedará así.

"La Comisión Nacional del Servicio Civil adoptará el instrumento para valorar los estudios, publicaciones y experiencia de los aspirantes que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en la convocatoria".

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de expedición.

Comuníquese y cúmplase

Dado en Bogotá, D. C., a los 8 días del mes de agosto de 2008

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47.078 de agosto 11 de 2008.