Decreto 2901 de 2008
Fecha de Expedición: 08 de agosto de 2008
Fecha de Entrada en Vigencia: 08 de agosto de 2008
Medio de Publicación: Diario Oficial 47078 de agosto 11 de 2008
CARRERA ADMINISTRATIVA
- Subtema: Concurso o Proceso de Selección
Se modifica el artículo 25 del Decreto 1227 de 2005 en lo referente con la valoración de requitios adicionales por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil
COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC
- Subtema: Competencias
Se modifica el artículo 25 del Decreto 1227 de 2005 en lo referente con la valoración de requisitos adicionales por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil
CARRERA ADMINISTRATIVA
- Concepto 180541 de 2024
- Concepto 128131 de 2024
- Concepto 127281 de 2024
- Concepto 125841 de 2024
- Concepto 123061 de 2024
COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC
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DECRETO 2901 DE 2008
(Agosto 08)
Derogado por el Decreto 1083 de 2015
Por medio del cual se modifica el artículo 25 del Decreto 1227 de 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 909 de 2004,
DECRETA:
El artículo 25 del Decreto 1227 de 2005, quedará así."La Comisión Nacional del Servicio Civil adoptará el instrumento para valorar los estudios, publicaciones y experiencia de los aspirantes que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en la convocatoria".
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de expedición.
Comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C., a los 8 días del mes de agosto de 2008
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano
NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47.078 de agosto 11 de 2008.