Decreto 1334 de 2024 Sector Administrativo de Defensa
Fecha de Expedición: 06 de noviembre de 2024
Fecha de Entrada en Vigencia: 06 de noviembre de 2024
Medio de Publicación:
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DECRETO 1334 DE 2024
(Noviembre 06)
Por el cual se adiciona a la sección 2 y 6 del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del libro 2 del Decreto 1070 de 2015, "Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa" en lo que respecta a la creación de la Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y el artículo 2.3.1.3.1.3. del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa 1070 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que el capítulo 3 del Decreto 1070 de 2015, "por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa", en su artículo 2.3.1.3.1.2 señala que: "el propósito que se persigue al conferir las condecoraciones en las Fuerzas Militares, es el de honrar públicamente a sus integrantes y personal ajeno a ellas, que se destaquen por actos de valor y servicios distinguidos en guerra internacional, estados de excepción, virtudes militares y profesionales de carácter excepcional ; consagración al estudio y a la investigación en beneficio de las instituciones militares y en servicios extraordinarios al conjunto de estas o a cualquiera de sus componentes".
Que en el marco de la conmemoración de los 200 años de la Batalla de Ayacucho, el 9 de diciembre de 2024, el Gobierno Nacional quiere honrar y enaltecer el deber cumplido, reconociendo el profesionalismo y compromiso institucional en la defensa de la vida, los bienes y el patrimonio de los colombianos, de todos los integrantes del arma de Infantería del Ejército Nacional; quienes, durante más de 200 años al servicio del pueblo colombiano, han brindado seguridad, tranquilidad y paz en el territorio nacional, enalteciendo el nombre de la fuerza.
Que, en el mismo sentido, se pretende destacar al personal militar integrantes del arma de infantería del Ejército Nacional, que se hayan distinguido por su intrepidez, sagacidad y desempeño en la ejecución de las diferentes tareas asignadas y en cumplimiento de los objetivos, en aras de preservar la seguridad y defensa de la Nación, reconociendo el sacrificio y la labor abnegada de este personal. Por lo tanto, se creará la medalla militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho".
Que, conforme con el artículo 2.3.1.3.1.3 del Decreto 1070 de 2015 y en atención a la solicitud del Comandante del Ejército Nacional, contenida en la exposición de motivos del 19 de a(sic) junio de 2024, así como la memoria justificativa del 17 de junio del mismo año, se creará la medalla militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho". Por consiguiente, se adicionará el Decreto 1070 de 2015.
DECRETA
ARTÍCULO 1. Adiciónese la Subsección 71(SIC) a la Sección 6, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2, del Decreto 1070 de 2015, "Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa", el cual quedará así:
SUBSECCIÓN 75
MEDALLA MILITAR SERVICIOS DISTINGUIDOS "BICENTENARIO BATALLA DE AYACUCHO"
ARTÍCULO 2.3.1.3.6.75.1. Origen. Créase la Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho", en categoría única para premiar y estimular por una sola vez, al personal de oficiales y suboficiales del arma de Infantería; soldados profesionales y servidores públicos del Ejército Nacional orgánicos de los batallones de infantería, que se encuentren en servicio activo, a fecha 9 de diciembre de 2024; así como a las unidades militares del arma de infantería y el personal de la reserva activa que pertenezcan al arma de Infantería.
ARTÍCULO 2.3.1.3.6.75.2. Características. La joya es de forma cruciforme, tipo malta con terminaciones en V de ocho puntas de color rojo y borde plateado 62 mm de ancho por 62 mm de alto, la cual se encuentra sobre una placa dorada destellada con el mismo número de puntas (8), de 70 mm de ancho por 70 mm de alto. Al interior de la cruz se encontrará una circunferencia de color rojo rodeada por una corona de laurel dorada de 33 mm de ancho por 28 mm de alto, en el interior de la circunferencia se ubicarán dos fusiles dorados cruzados. La joya penderá de una cinta de 40 mm de ancho por 55 mm de alto la cual estará terciado en palo, con los colores rojos, blanco y rojo. En el reverso de la joya estará la imagen del GENERAL JOSÉ MARÍA CÓRDOVA, en la parte superior se encontrará el número 1824 y el apellido "CÓRDOVA", en la parte inferior el lema de la infantería "PASO DE VENCEDORES" y el número 2024.
PARÁGRAFO 1. La venera será un rectángulo metálico esmaltado de 40 mm de ancho por 10 mm de alto, con los colores dispuestos de la misma cinta de la condecoración, y en el centro, un león rampante sosteniendo una espada apuntando hacia arriba, ambos de color dorado de 5,4 mm de ancho por 7,6 mm de alto.
PARÁGRAFO 2. La miniatura o réplica será similar a la joya de la condecoración, pero reducida a un ancho de 24 mm y alto 24 mm suspendida por una cinta similar de la joya, de 15 mm de ancho por 35 mm de alto.
ARTÍCULO 2.3.1.3.6.75.3. Consejo de la Medalla: El Consejo de la Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho" estará integrado así:
Presidente: Comandante del Ejército Nacional.
Vicepresidente: Oficial de arma más antiguo presente en la guarnición de Bogotá.
Vocal: Director Escuela de Infantería del Ejército Nacional.
Secretario: Ayudante de comando Escuela de Infantería del Ejército Nacional.
ARTÍCULO 2.3.1.3.6.75.4. Requisitos. Además de los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.3.3.1 del Decreto 1070 de 2015, para su otorgamiento se tendrán en cuenta los siguientes:
a). Para personal militar
- Ser oficial, suboficial del arma de infantería; soldado profesional del Ejército Nacional orgánico de los batallones de infantería, que a fecha 09 de octubre de 2024 se encuentren en servicio activo.
- Que, durante los últimos tres años, el personal no haya sido suspendido en el ejercicio de funciones y atribuciones.
- Que, durante los últimos tres años, el personal no tenga sanciones por autoridad disciplinaria.
- Que, durante los últimos tres años, el personal no hayan sido objeto de condenas por la justicia penal militar o la ordinaria.
b). Para los servidores públicos
- Que el personal de servidores públicos del Ejército Nacional esté prestando su servicio en unidades de infantería.
- Que, durante los últimos tres años, el personal no haya sido suspendido en el ejercicio de funciones y atribuciones.
- Que, durante los últimos tres años, el personal no tenga sanciones por autoridad disciplinaria.
- Que, durante los últimos tres años, el personal no haya sido objeto de condenas penales.
c). Para el personal de oficiales y suboficiales en uso de buen retiro.
- Que haya sido del arma de infantería
- Que, durante los últimos tres años, el personal no tenga sanciones por autoridad disciplinaria.
- Que, durante los últimos tres años, el personal no haya sido objeto de condenas por la justicia penal militar o la ordinaria.
d). Unidades militares del arma de Infantería
- Que, a la fecha de expedición del presente, decreto se encuentren activas.
ARTÍCULO 2.3.1.3.6.71.5(sic) Diploma. Elaborado en papel Reemp Kimberly Tradit Marfil con las siguientes dimensiones: treinta y cinco (35) centímetros de largo por veinticinco (25) centímetros de ancho, tipo de letra Old English Text MT. Título a 31 puntos, texto a quien se otorga y resolución a 18 puntos, nombre medalla a 28 puntos, texto del por qué se otorga el diploma a 18 puntos, firmas a 18 puntos, Ciudad y Fecha a 15 puntos.
ARTÍCULO 2.3.1.3.6.71.6(SIC) Otorgamiento. La Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho" será por conferida, por una sola vez, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.3.6.3 del Decreto 1070 de 2015, a quienes, en consideración del Consejo de la Medalla, se hagan merecedores de esta distinción.
ARTÍCULO 2.3.1.3.6.71.7(SIC) Imposición. La Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho" será impuesta en ceremonia especial, se conformarán destacamentos de acuerdo con el reglamento de ceremonial militar y estará precedida por el oficial de más alto rango de la guarnición, quien impondrá la condecoración.
ARTÍCULO 2. Adiciónese el literal bb), al numeral 3, del artículo 2.3.1.3.2.1., en el sentido de incluir por Servicios Distinguidos Prestados a la Institución Militar, la Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho", el cual quedará así:
a). Por actos de valor y servicios distinguidos en guerra internacional, estados de excepción o en orden público:
- Orden Militar de "San Mateo".
- Medalla Servicios en "Guerra Internacional".
- Medalla Militar "Al Valor".
- Medalla Militar "Herido en Acción".
- Medalla Servicios Distinguidos en "Orden Público".
- Medalla Militar "Campaña del Sur".
- Medalla "Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales".
- Medalla "Servicios Distinguidos en Operaciones Contraterrorismo".
b). Por virtudes militares y profesionales de carácter excepcional :
- Orden del Mérito Militar "Antonio Nariño".
- Orden del Mérito Militar "José María Córdova".
- Orden del Mérito Naval "Almirante Padilla".
- Cruz de la Fuerza Aérea al "Mérito Aeronáutico".
- Orden del Mérito Sanitario "José Fernández Madrid".
- Medalla Militar "Soldado Juan Bautista Solarte Obando".
- Orden del Mérito Militar al "Mando".
c). Por servicios distinguidos prestados a la Institución Militar:
- Ministerio de Defensa Nacional.
a. Medalla Militar Ministerio de Defensa Nacional.
b. Medalla Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar.
- Comando General Fuerzas Militares.
a. Medalla Militar "Fe en la Causa".
b. Medalla Militar "Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia".
c. Medalla Militar "Escuela Superior de Guerra".
d. Medalla Militar "Al Mérito de la Reserva".
e. Medalla Militar "General José Hilario López Valdés".
f. Medalla Militar "Cruz de Plata en Operaciones Especiales".
g. Medalla Militar "Bicentenario de los Ingenieros Militares".
h. Medalla Militar Desminado "Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba".
i. Medalla Militar "Simona Amaya".
- Ejército Nacional.
a. Medalla "Fe en la Causa".
b. Medalla Militar "Escuela Militar de Cadetes".
c. Medalla Militar "Centenario Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova".
d. Medalla Militar "Escuela de Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio".
e. Medalla "Batalla de Ayacucho".
f. Medalla "San Jorge".
g. Medalla "Santa Bárbara".
h. Medalla "Torre de Castilla".
i. Medalla "Brigadier General Ricardo Charry Solano".
j. Medalla al Mérito Logístico y Administrativo "General Francisco de Paula Santander".
k. Medalla "Guardia Presidencial".
l. Medalla Policía Militar "General Tomás Cipriano de Mosquera".
m. Medalla "Escuela de Lanceros".
n. Medalla "San Gabriel".
ñ. Medalla Militar Escuela de Suboficiales del Ejército "Sargento Inocencio Chincá".
o. Medalla Militar "San Miguel Arcángel".
p. Medalla Militar "Honor al Deber Cumplido".
q. Medalla Militar Escuela de Soldados Profesionales "Teniente General Gustavo Rojas Pinilla".
r. Medalla Militar "Servicios Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria".
s. Medalla Militar "Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación".
t. Medalla Centenario "Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Álzate",
u. Medalla "San Rafael Arcángel".
v. Medalla Militar "Guardia de Honor de Colombia".
w. Medalla Militar "Servicios Distinguidos en Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría Única".
x. Medalla Militar "Bicentenario de la Campaña Libertadora".
y. Medalla Militar "Bicentenario de la Caballería".
z. Medalla Militar "Protectores de la Espada del Libertador".
aa. Medalla Militar "Bicentenario de la Logística Militar",
bb. Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho".
- Armada Nacional.
a. Medalla Servicios Distinguidos a la Armada Nacional.
b. Medalla Servicios Distinguidos a la "Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla".
c. Medalla Militar "Fe en la Causa" de la Armada Nacional.
d. Medalla Servicios Distinguidos a la "Escuela Naval de Suboficiales"
e. Medalla Servicios distinguidos a la "Fuerza de Superficie".
f. Medalla Servicios distinguidos a la "Infantería de Marina".
g. Medalla Servicios distinguidos a la "Fuerza Submarina".
h. Medalla Servicios distinguidos a la "Aviación Naval".
i. Medalla Servicios Distinguidos al "Cuerpo de Guardacostas".
j. Medalla Servicios Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina.
k. Medalla al Mérito Logístico y Administrativo "Contralmirante Rafael Tono".
l. Medalla "Servicios distinguidos a la Dirección General Marítima".
m. Medalla de Servicios Distinguidos a la "Ingeniería Naval".
n. Medalla Servicios Distinguidos a la "Inteligencia Naval".
ñ. Medalla Militar "Al Espíritu del Bicentenario Naval de la Armada Nacional de la República de Colombia".
o. Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Buceo en la Armada Nacional".
p. Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Acción Integral Naval".
- Fuerza Aérea.
a. Medalla "Marco Fidel Suárez".
b. Medalla "Águia de Gules".
c. Medalla Militar "Fe en la Causa" de la Fuerza Aérea Colombiana".
d. Medalla Servicios Distinguidos a la "Seguridad y Defensa de Bases Aéreas".
e. Medalla Servicios Distinguidos a la "Inteligencia Aérea".
f. Medalla Servicios Distinguidos a la "Defensa Aérea y Navegación Aérea".
g. Medalla Servicios Distinguidos al "Cuerpo Logístico y Administrativo".
h. Medalla Ciencia y Tecnología.
i. Medalla Servicios Distinguidos a la Escuela de Suboficiales "CT. ANDRÉS M. DÍAZ DÍAZ" de la Fuerza Aérea Colombiana.
j. Medalla "Servicios Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario".
k. Medalla Militar "Corazón Azul".
l. Medalla Militar "Alma Máter Escuela Militar de Aviación.
m. Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales ADASTRA".
n. Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Acción integral".
o. Medalla Militar "Operaciones Aeromédicas Especiales".
p. Medalla Militar "Servicios Distinguidos a La Contrainteligencia Aérea".
q. Medalla Militar "Autoridad Aeronáutica Aviación de Estado".
r. Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Comando Desarrollo Humano".
d). Medalla por Tiempo de Servicio.
- Tiempo de servicio 40 años.
- Tiempo de servicio 35 años.
- Tiempo de servicio 30 años.
- Tiempo de servicio 25 años.
- Tiempo servicio 20 años
- Tiempo de servicio 15 años.
e). Por Mérito Académico.
- Medalla Militar "Francisco de Caldas".
- Medalla "Cadete José María Rosillo".
- Medalla "Alumno Distinguido de la Escuela de Suboficiales Ejército Nacional".
- Medalla Alumno Distinguido de la "Escuela Naval de Suboficiales".
- Medalla Militar "Alumno Distinguido de la Escuela de Formación Infantería de Marina".
- Medalla a la virtud "Capitán José Edmundo Sandoval".
f). Por Mérito Deportivo.
- Medalla Deportiva de la Fuerza Pública.
ARTÍCULO 3. Adiciónese el numeral 105 al artículo, 2.3.1.3.2.2.,en el sentido incluir por servicios distinguidos a la Institución Militar, la Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho", el cual quedará así:
ARTÍCULO 2.3.1.3.2.2. Precedencia de las condecoraciones. Las condecoraciones militares nacionales tienen prelación sobre las extranjeras y su orden de precedencia es el siguiente:
- Orden Militar de "San Mateo".
- Orden "Boyacá".
- Orden de “San Carlos"
- Medalla Servicios en "Guerra Internacional".
- Orden del Mérito Militar "Antonio Nariño”.
- Orden del Mérito Militar “José María Córdova”.
- Orden del Mérito Naval "Almirante Padilla".
- Cruz la Fuerza Aérea al "Mérito Aeronáutico".
- Orden del Mérito Sanitario "José Fernández Madrid".
- Orden "Estrella de la Policía".
- Orden Militar "13 junio".
- Medalla Militar "Al Valor".
- Medalla Militar "Herido en Acción".
- Medalla Distinguidos en "Orden Público".
- Medalla Militar "Cruz de Plata en Operaciones Especiales".
- Medalla "Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales”.
- Orden “Cruz al Mérito Policial".
- Orden al Mérito "Coronel Guillermo Fergusson".
- Medalla Militar "Francisco José de Caldas".
- Medalla por "Tiempo de (40; 35; 30; 25; 20; 15).
- Medalla "Fe en la Causa” del Comando General de las Fuerzas Militares.
- Medalla Militar "Fe en la Causa” del Ejército Nacional.
- Medalla Militar "Fe en la Causa” de la Armada Nacional.
- Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana.
- Medalla Militar “Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia".
- Medalla Militar "Campaña del Sur".
- Medalla "Servicios Distinguidos en Operaciones Contraterrorismo".
- Medalla Militar "Servicios Distinguidos en Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría Única".
- Medalla Militar "Soldado Juan Bautista Solarte Obando".
- Militar "Ministerio de Nacional".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Armada Nacional".
- Medalla "Marco Fidel Suárez”.
- Medalla "Batalla de Ayacucho".
- Medalla "San Jorge".
- Medalla "Santa Bárbara".
- Medalla "Torre de Castilla".
- Medalla "San Gabriel".
- Medalla al Mérito Logístico y Administrativo "General Francisco de Paula Santander".
- Medalla "Brigadier General Ricardo Charry Solano".
- Medalla Militar "San Miguel Arcángel".
- Medalla Militar "Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación".
- Medalla Centenario “Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Álzate".
43. Medalla "Servicios Distinguidos a la Fuerza de Superficie".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Infantería de Marina".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Fuerza Submarina".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Aviación Naval".
- Medalla "Servicios Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Inteligencia Naval".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Ingeniería Naval".
- Medalla al Mérito Logístico y Administrativo "Contralmirante Rafael Tono".
- Medalla "Servicios distinguidos a la Dirección General Marítima".
- Medalla de "Águila de Guíes".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas"
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Inteligencia Aérea".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Defensa Aérea y Navegación Aérea".
- 56. Medalla "Servicios Distinguidos al 'Cuerpo Logístico y Administrativo".
- Medalla "Ciencia y Tecnología".
- Medalla "Servicios Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho internacional Humanitario".
- Medalla Militar "Servicios Distinguidos a Justicia Penal Militar".
- Medalla "Orden por la Libertad Personal".
- Medalla Militar "Escuela Superior de Guerra".
- Medalla Militar "A Mérito de la Reserva".
- Medalla Militar José Hilario López Valdés".
- Medalla Militar "Escuela Militar de Cadetes".
- Medalla Militar "Centenario Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova".
- Medalla Militar "Bicentenario de los Ingenieros Militares".
- Medalla Servicios Distinguidos a la "Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla".
- Medalla Militar "Servicios Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria".
- Medalla Militar Escueta de Suboficiales del Ejército "Sargento Inocencio Chincá".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Escuela de Formación de infantería de Marina".
- Medalla "Servicios Distinguidos a la Escuela de Suboficiales - CT Andrés M. Díaz Diaz" de la Fuerza Aérea Colombiana.
- Medalla "Escuela de Lanceros".
- Medalla Militar "Guardia de Honor de Colombia".
- Medalla Militar “Escuela de Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio".
- Medalla Militar Escuela de Soldados Profesionales "Teniente General Gustavo Rojas Pinilla".
- Medalla Militar "Honor al Deber Cumplido".
- Medalla "Guardia Presidencial".
- Medalla Policía Militar "General Tomás Cipriano de Mosquera".
- Medalla "Cadete José María Rosillo".
81. Medalla "Alumno Distinguido de la Escuela de Suboficiales del Ejército Nacional".
- Medalla "Alumno Distinguido de la Escuela Naval de Suboficiales".
- Medalla Militar "Alumno Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina".
- Medalla a la virtud "Capitán José Edmundo Sandoval".
- Medalla "Deportiva de la Fuerza Pública".
- Medalla Militar "San Rafael Arcángel".
- Medalla Militar de Desminado "Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba".
- Medalla Militar "Bicentenario de la Campaña Libertadora".
- Medalla Militar "Bicentenario de la Caballería".
- Medalla Militar "Protectores de la Espada del Libertador".
- Medalla Militar "Simona Amaya".
92. Medalla Militar "Bicentenario de la Logística Militar".
- Medalla Militar "Corazón Azul".
- Medalla Militar "Alma Mater Escuela Militar de Aviación".
- Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales ADASTRA".
96. Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Acción Integral".
97. Medalla Militar "Al Espíritu del Bicentenario de la Armada Nacional de la República de Colombia".
- Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Buceo en la Armada Nacional".
- Orden del Mérito Militar al “Mando".
- Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Acción Integral".
101. Medalla Militar "Operaciones Aeromédicas Especiales".
- Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Contrainteligencia Aérea".
- Medalla Militar "Autoridad Aeronáutica Aviación de Estado".
- Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Comando Desarrollo Humano".
105. Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho".
ARTÍCULO 4. Adicionase al artículo 2.3.1.3.6.1, en el sentido de incluir por servicios distinguidos prestados a la Institución Militar, la Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho", el cual quedará así:
ARTÍCULO 2.3.1.3.6.1. Condecoraciones por servicios distinguidos. Son condecoraciones militares por servicios distinguidos prestados a la Institución Militar, las siguientes:
Medalla Militar Ministerio de Defensa Nacional, Medalla "Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar", Medalla Militar "Fe en la Causa" del Comando General de las Fuerzas Militares", Medalla Militar "Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia", Medalla Militar "Escuela Superior de Guerra", Medalla Militar "Al Mérito de la Reserva", Medalla Militar "General José Hilario López Valdés" , Medalla Militar "Cruz de Plata en Operaciones Especiales", Medalla Militar "Bicentenario de los Ingenieros Militares", Medalla Militar "Bicentenario de la Campaña Libertadora", Medalla Militar "Bicentenario de la Caballería", Medalla Militar "Fe en la Causa" del Ejército Nacional, Medalla Militar "Escuela Militar de Cadetes", Medalla Militar "Centenario Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova", Medalla Militar "Escuela de Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio", Medalla "Batalla de Ayacucho", Medalla "San Jorge", Medalla "Santa Bárbara", Medalla "Torre de Castilla", Medalla "Brigadier General Ricardo Charry Solano", Medalla al Mérito Logístico y Administrativo "General Francisco de Paula Santander', Medalla "Guardia Presidencial", Medalla Policía Militar "General Tomás Cipriano de Mosquera", Medalla "Escuela de Lanceros", Medalla "San Gabriel", Medalla Militar "Escuela de Suboficiales del Ejército "Sargento Inocencia Chincá", Medalla Militar "San Miguel Arcángel", Medalla Militar "Honor al Deber Cumplido", Medalla Militar Escuela de Soldados Profesionales "Teniente General Gustavo Rojas Pinilla", Medalla Militar "Servicios Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria", Medalla "Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación", Medalla Centenario Servicios Distinguidos a Reclutamiento "Simona Duque de Álzate", Medalla Militar "San Rafael Arcángel", Medalla Militar "Guardia de Honor de Colombia", Medalla Militar "Servicios Distinguidos en Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría Única", Medalla "Servicios Distinguidos a la Armada Nacional", Medalla "Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla", Medalla Militar "Fe en la Causa" de la Armada Nacional, Medalla "Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales, Medalla Militar "Al Espíritu del Bicentenario Naval de la Armada Nacional de la República de Colombia", Medalla "Servicios Distinguidos a la Fuerza de Superficie", Medalla "Servicios Distinguidos a la Infantería de Marina", Medalla "Servicios Distinguidos a la Fuerza Submarina", Medalla "Servicios Distinguidos a la Aviación Naval", Medalla "Servicios Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas", Medalla "Servicios Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina", Medalla al Mérito Logístico y Administrativo "Contralmirante Rafael Tono", Medalla "Servicios distinguidos a la Dirección General Marítima", Medalla "Servicios Distinguidos a la Ingeniería Naval", Medalla "Servicios Distinguidos a la Inteligencia Naval", Medalla "Marco Fidel Suárez", Medalla "Águila de Gules", Medalla Militar "Fe en la Causa" de la Fuerza Aérea Colombiana, Medalla "Servicios Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas", Medalla "Servicios Distinguidos a la Inteligencia Aérea, Medalla "Servicios Distinguidos a la Defensa Aérea y Navegación Aérea, Medalla "Servicios Distinguidos al Cuerpo Logístico y Administrativo", Medalla ciencia y Tecnología", Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Escuela de Suboficiales CT Andrés M, Díaz Díaz de la Fuerza Aérea Colombiana", Medalla Militar "Servicios Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario", Medalla Militar Desminado "Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba", Medalla Militar Protectores de la Espada del Libertador", Medalla Militar "Simona Amaya", Medalla Militar "Bicentenario de la Logística Militar, Medalla Militar "Corazón Azul", Medalla Militar "Alma Mater Escuela Militar de Aviación", Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales ADSTRA; Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Acción Integral", Medalla Militar "al Espíritu del Bicentenario de la Armada Nacional de la República de Colombia", Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Buceo en la Armada Nacional", Orden del Mérito Militar al "Mando", Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Acción Integral Naval", Medalla Militar "Operaciones Aeromédicas Especiales", Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Contra inteligencia Aérea", Medalla Militar "Autoridad Aeronáutica Aviación de Estado", Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Comando Desarrollo Humano" y la Medalla Militar "Servicios Distinguidos Bicentenario Batalla de Ayacucho", tienen como propósito estimular a quienes se destaquen por su consagración, espíritu de cuerpo y eminentes servicios.
ARTÍCULO 5. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dado en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de noviembre de 2024
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
(FDO.) GUSTAVO PETRO URREGO
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
IVÁN VELÁSQUEZ GÓMEZ