Circular 11 de 2006 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 25 de agosto de 2006
Fecha de Entrada en Vigencia: 25 de agosto de 2006
Medio de Publicación: N.P.
MUJERES
- Subtema: Participación en la Administración Pública
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 581 de 2000, que ordena al Departamento Administrativo de la Función Pública rendir, a 31 de diciembre de cada año, informe al Congreso y a la Procuraduría General de la Nación sobre la provisión de cargos con perspectiva de género en las entidades de cada Rama y Órganos de la Administración Pública, solicita al Alcalde Mayor de Bogotá y a los alcaldes de las capitales de Departamento, adelantar las actividades detalladas en la Circular.
CIRCULAR 1000-11-2006
PARA: |
ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., Y ALCALDIAS CAPITAL DE DEPARTAMENTO |
DE: |
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA |
ASUNTO: |
APLICACIÓN DE LA LEY 581 DE 2000 SOBRE LA ADECUADA Y EFECTIVA PARTICIPACIÓN DE LA MUJER EN LOS NIVELES DECISORIOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. |
FECHA: |
BOGOTÁ, D.C., AGOSTO 25 DE 2006 |
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 581 de 2000, que ordena al Departamento Administrativo de la Función Pública rendir, a 31 de diciembre de cada año, informe al Congreso y a la Procuraduría General de la Nación sobre la provisión de cargos con perspectiva de género en las entidades de cada Rama y Órganos de la Administración Pública, me permito informarles que el DAFP realizará la recolección de la información en la actual vigencia, mediante un Aplicativo Especial que será puesto a disposición de las entidades territoriales y descentralizadas, en nuestra página Web.
Para tal fin, comedidamente les solicito que por su conducto se adelantan las siguientes actividades:
1. Se designa e informe al DAFP, a más tardar el 8 de septiembre del presente año, el funcionario encargado de la administración del Aplicativo en la Alcaldía y entidades del nivel central y descentralizado, quien será el único contacto para estos propósitos ante el DAFP.
2. Se oficie a los jefes de entidad del nivel central y descentralizado, para que designen un funcionario quien se encargará del manejo del Aplicativo en cada una de ellas.
3. Se adjunte a los oficios el instructivo anexo, el cual contiene las orientaciones para que los funcionarios designados efectúen el Registro de la entidad y el posterior ingreso de la información.
4. Se facilita base de datos de las entidades del nivel central y descentralizado correspondientes a esa Alcaldía.
Cualquier información adicional, será atendida por los doctores Blanca Rosalía Prieto y Juan Manuel Manrique Ramírez a los teléfonos 3344080 ext. 114 y 185 respectivamente, o con Marianela Bravo Valencia en el correo
mbravo@dafp.gov.co.Agradezco de antemano la oportuna colaboración que presten al Departamento para el cumplimiento de sus funciones.
FERNANDO GRILLO RUBIANO
Director