Decreto 2621 de 2006 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2621 de 2006

Fecha de Expedición: 03 de agosto de 2006

Fecha de Entrada en Vigencia: 03 de agosto de 2006

Medio de Publicación: Diario Oficial 46349 de agosto 03 de 2006

CONTROL INTERNO
- Subtema: Reglamentación

Modifica el Decreto Nacional 1599 de 2005 sobre el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano, indicando que las entidades obligadas a implementarlo, deberán adoptarlo en un término no superior a 20 meses, contados a partir de la vigencia del presente decreto, es decir desde el 03 de agosto de 2006

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DECRETO 2621 DE 2006

(agosto 3)

Derogado por el Decreto Nacional 2913 de 2007

por el cual se modifica el Decreto 1599 de 2005 sobre el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política y la Ley 87 de 1993,

DECRETA:

Artículo 1°. Las entidades obligadas a implementar el Sistema de Control Interno deberán adoptar el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, en un término no superior a veinte (20) meses contados a partir de la vigencia del presente decreto.

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el artículo 4° del Decreto 1599 de 2005.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de agosto de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46349 de agosto 03 de 2006.