Decreto 1818 de 2020 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1818 de 2020

Fecha de Expedición: 31 de diciembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

SECTOR INTERIOR
- Subtema: Decreto Único Reglametario

Por el cual se sustituye el Capítulo 4 del Libro 2, Parte 2, Título 3 y el Anexo Técnico N°2 del Decreto número 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Interior, con el fin de adoptar la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de personas, 2020-2024.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1818 DE 2020

 

(Diciembre 31)

 

Por el cual se sustituye el Capítulo 4 del Libro 2, Parte 2, Título 3 y el Anexo Técnico No. 2 del Decreto número 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Interior, con el fin de adoptar la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas, 2020-2024

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la conferida por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 4 de la Ley 985 de 2005, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso segundo del artículo 2 de la Constitución Política dispone que "[l]as autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

 

Que el artículo 17 ibídem, prohíbe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas.

 

Que el artículo 13 de la Ley 985 de 2005 "Por medio de la cual se adoptan medidas contra la trata de personas y normas para la atención y protección de las víctimas de la misma", le otorga al Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, la condición de organismo consultivo y coordinador de las acciones que desarrolle el Estado colombiano para luchar contra la trata de personas.

 

Que el numeral 1 del artículo 15 de la Ley 985 de 2005 le asigna al Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, entre otras funciones, la de elaborar y recomendar al Gobierno nacional la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas.

 

Que la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de noviembre de 2000 y aprobadas mediante Ley 800 de 2003, tienen como propósito promover la cooperación para prevenir y combatir más eficazmente la delincuencia organizada transnacional.

 

Que la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y aprobada mediante la Ley 12 de 1991; el Protocolo Facultativo de la Convención sobre Los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, aprobado en Nueva York el 25 de mayo de 2000 y adoptado mediante la Ley 765 de 2002; el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York el 25 de mayo de 2000 y aprobado mediante la Ley 833 de 2003; el Convenio número 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, adoptado por la Octogésima Séptima (87ª) Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, O.I.T., Ginebra, Suiza, el 17 de junio de 1999 y aprobado mediante la Ley 704 de 2001, y la Ley 1098 de 2006 "Por la cual se expide el Código de la Infancia y de Adolescencia", hacen de la protección de los niños, niñas y adolescentes ante cualquier forma contemporánea de esclavitud, explotación o de servidumbre, incluida la trata de personas, un propósito primordial del Estado colombiano.

 

Que la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 y aprobada mediante la Ley 51 de 1981; la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, aprobada en la cuidad de Belém do Pará", Brasil, el 9 de junio de 1994 y aprobada mediante la Ley 248 de 1995, y el Protocolo facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 6 de octubre de 1999 y aprobado mediante la Ley 984 de 2005, hicieron de la mitigación de la violencia basada en género y contra la mujer en contextos de trata de personas, un fin del Estado colombiano.

 

Que la Ley 1453 de 2011 "Por medio de la cual se reforma el Código Penal, el código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y adolescencia, las reglas sobre la extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad" tipificó como delito el Tráfico de niñas, niños y adolescentes, y estableció que la pena impuesta a quienes sean procesados por la comisión de la trata de personas no puede ser sustituida por mecanismos electrónicos de vigilancia ni detención domiciliaria, y reconoció a la trata de personas como delito fuente del lavado de activos.

 

Que la Ley 1719 de 2014, "Por la cual se modifican algunos artículos de las leyes 599 de 2000, 906 de 2004 y se adoptan medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la violencia sexual con ocasión del conflicto armado y se dictan otras disposiciones", adicionó el artículo 141B al Código Penal que tipificó como delito la trata de personas en persona protegida con fines de explotación sexual de la trata de personas, con ocasión y en desarrollo del conflicto armado.

 

Que mediante el Decreto 1036 del 14 de junio de 2016 se adicionó el capítulo 4 al Libro 2, Parte 2, Título 3 del Decreto No. 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Interior, con el fin de adoptar la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas, 2016-2018".

 

Que el parágrafo 2 del artículo 2.2.3.4.1 del Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 determinó que una vez finalizado el período de la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas 2016 -2018, esta se entenderá vigente hasta que el Gobierno nacional adopte una nueva.

 

Que el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas adoptó una batería de indicadores, conforme lo ordenó el artículo 2.2.3.4.3 del Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015, la cual fue aplicada con base en la información que las entidades que lo integran remitieron para medir la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los objetivos planteados por la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas 2016-2018.

 

Que con base en los mencionados procesos de evaluación, la generación de los instrumentos de planeación y gestión pública, así como la adopción de una metodología participativa para la redacción de la nueva Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas, se realizaron seis (6) mesas de expertos en las cuales participaron las entidades que integran el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, delegados de distintas entidades del Estado y de entidades territoriales, representantes de la cooperación internacional, la academia, organizaciones de la sociedad civil y otros sectores.

 

Que el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, en reunión realizada el día 27 de agosto de 2020, aprobó el texto definitivo de la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas 2020-2024, conforme con lo establecido por el artículo 12 de la Ley 985 de 2005.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA

 

ARTÍCULO  1. Sustituir el Capítulo 4, del Libro 2, de la Parte 2, del Título 3 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, el cual quedará así:

 

"CAPÍTULO 4

 

ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2020-2024.

 

ARTÍCULO 2.2.3.4.1. Objeto. El presente Capítulo tiene por objeto adoptar la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas para el período 2020-2024, elaborada y recomendada por el Comité interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, al que se refiere el artículo 12 de la Ley 985 de 2005, con el objetivo de desarrollar la política de Estado que contrarreste este flagelo, con observancia, además, de los principios contenidos en este decreto, los de protección integral y complementariedad.

 

PARÁGRAFO 1. La Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas 2020- 2024 se encuentra contemplada como anexo del presente Capítulo y hace parte integral del mismo.

 

PARÁGRAFO 2. Finalizado el año 2024, la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas 2020-2024 se mantendrá vigente hasta que el Gobierno nacional adopte una nueva Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas.

 

ARTÍCULO 2.2.3.4.2. Ámbito de Aplicación. El presente Capítulo se aplica a las entidades que integran el Comité Interinstitucional para la Lucha Contra la Trata de Personas y demás entidades públicas competentes en la materia, así como los actores que se vinculen para su implementación en el orden nacional y territorial.

 

ARTÍCULO 2.2.3.4.3. Metas e Indicadores. Las metas y los indicadores con base en los que se medirá y establecerá el impacto de la implementación de las acciones y el logro de los objetivos, conforme al contenido en esta Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas 2020-2024, serán establecidos en el Plan de Acción Anual que elaborará el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas durante el último trimestre de cada año.

 

PARÁGRAFO. El Plan de Acción Anual deberá desarrollar las líneas estratégicas de acción tendientes a cumplir los objetivos propuestos por esta Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas, a través de ejercicios de articulación y coordinación entre los actores que intervienen en la implementación de esta Estrategia, de acuerdo con sus competencias.

 

ARTÍCULO 2.2.3.4.4. Seguimiento. Conforme al artículo 15 de la Ley 985 de 2005, corresponde al Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas realizar seguimiento a la ejecución de esta Estrategia Nacional de acuerdo con lo dispuesto en el anexo técnico y al Plan de Acción Anual de esta instancia de coordinación Interinstitucional.

 

ARTÍCULO 2.2.3.4.5. Anexo. Sustitúyase el Anexo Técnico No. 2 del Decreto 1066 de 2015, el cual contiene la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas, 2020- 2024.

 

ARTÍCULO  2 Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, sustituye el Capítulo 4 del Libro 2, de la Parte 2, del Título 3 y el Anexo Técnico No. 2 del Decreto número 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Interior y deroga el Decreto 1036 de 2016.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de diciembre de 2020

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

 

LA MINISTRA DEL INTERIOR,

 

ALICIA VICTORIA ARANGO OLMOS

 

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,

 

CLAUDIA BLUM DE BARBERI

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO,

 

WILSON RUÍZ OREJUELA

 

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL.

 

CARLOS HOLMES TRUJILO GARCÍA

 

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

 

FERNANDO RUÍZ GÓMEZ

 

EL MINISTRO DE TRABAJO,

 

ÁNGEL CUSTODIO CABRERA BAEZ

 

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN,

 

MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA (E),

 

BEATRÍZ EMILIA MUÑOZ CALDERÓN

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL,

 

SUSANA CORREA BORRERO

 

 

 

 

ANEXO TÉCNICO No. 2 DEL DECRETO 1066 DE 2015, DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR INTERIOR

 

ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2020- 2024

 

1. Justificación

 

Esta Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas 2020-2024 es el resultado de un proceso de construcción conjunta entre las entidades que integran el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, entidades territoriales, otras entidades de Gobierno y representantes de organizaciones de la sociedad civil, academia y cooperación internacional.

 

El Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas formuló e implementó metodologías participativas de evaluación de la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas 2016-2018. Estas metodologías se llevaron a cabo en el marco de encuentros y mesas técnicas en las que tuvieron parte organizaciones y observatorios de la sociedad civil, cooperantes internacionales y la academia, así como entidades del orden nacional y territorial encargadas de la implementación de la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas.

 

Los resultados de la evaluación de la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas 2016-2018 y de la batería de indicadores de los planes de acción que la implementaron, fueron socializados por la presidencia y la secretaría técnica del Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, con los actores que intervinieron en la implementación de la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas.

 

Producto de estos espacios de diálogo y conforme con las estrategias del "Objetivo 2. Política migratoria integral para facilitar la movilidad de los colombianos y hacer de Colombia un polo de atracción para el retorno y la migración calificada" de las bases del Plan Nacional de Desarrollo "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", adoptado mediante la Ley 1955 de 2019, se formuló una metodología participativa que guía la realización de mesas de expertos y de trabajo en las que participaron las entidades del Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas y entidades territoriales, así como entidades nacionales, actores sociales y académicos y cooperantes internacionales.

 

Las mesas de expertos definieron los principales derroteros de los ejes de esta Estrategia. Las mesas de trabajo, por su parte, establecieron lo que concierne a los enfoques y a la puntualización de los componentes de la política pública para la lucha contra la trata de personas.

 

Por otra parte, es de resaltar que esta Estrategia introduce nuevos enfoques que serán el derrotero para tomar acciones que permitan hacer frente a las actuales tendencias de este delito. En términos estadísticos, entre 2013 y 2020, según la información con que cuenta el Observatorio del Delito de la Trata de Personas, el 59% de los casos articulados para prestar los servicios de protección y asistencia contemplados en el Decreto 1069 de 2014, compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015, corresponden con la finalidad de prostitución ajena y explotación sexual.

 

En cuanto al curso de vida, el 54% de las víctimas oscila entre los 18 y 30 años, mientras que el 21% se encuentra entre los 31 y 50 años.

 

En lo que respecta a la dinámica transnacional del delito, se tiene que los países en los que se han sido mayormente explotados colombianos víctimas de este delito son España, Argentina, Corea del Sur, México, Perú, Ecuador y China.

 

En materia de género, las estadísticas muestran que el 82% de las víctimas corresponden con mujeres, mientras que el 17% hace referencia a hombres y el 1% restante, a personas con identidades de género y/u orientaciones sexuales diversas.

 

2. Objetivo general

 

Garantizar la coordinación, articulación y sostenibilidad de acciones interinstitucionales para el abordaje de la lucha contra la trata de personas en materia de prevención, asistencia y protección de las víctimas, así como la gestión y generación del conocimiento, la cooperación internacional, la investigación, judicialización y sanción del delito nivel nacional, departamental y territorial.

 

3. Organización e implementación

 

Esta Estrategia está organizada a partir de ejes y enfoques. Los ejes son los derroteros de su implementación. Los enfoques, por su parte, buscan plantear las perspectivas necesarias para integrar adecuadamente a las poblaciones que son objeto de esta Estrategia.

 

En cuanto a los ejes, es preciso resaltar que esta Estrategia será implementada a través de seis (6) ejes de acción: Coordinación y Sostenibilidad; Protección y Asistencia; Investigación y Judicialización; Generación y Gestión del Conocimiento; Prevención; Cooperación Internacional, Migración y Fronteras.

 

Es de señalar que esta Estrategia contará con diez enfoques transversales que guiarán la planeación y ejecución de acciones en el nivel nacional y territorial. Estos enfoques son: Enfoque de derechos humanos; Enfoque de género; Enfoque de orientaciones sexuales e identidades de género diversas; Enfoque de curso de vida; Enfoque diferencial; Enfoque étnico; Enfoque de Interseccionalidad; Enfoque territorial; Enfoque fronterizo y migratorio; y Enfoque criminológico, los cuales serán implementados con el propósito de garantizar la protección real y efectiva de los derechos de las víctimas de la trata de personas y la lucha contra el delito en el territorio nacional.

 

En consonancia con lo anterior, la presente Estrategia está organizada a partir de acciones de coordinación y sostenibilidad que posibilitarán la implementación de políticas públicas que orienten la prestación de servicios de protección y asistencia para las víctimas de trata de personas con miras a restablecer integralmente sus derechos.

 

Asimismo enfatiza en la importancia del trabajo coordinado y sostenible de las entidades de investigación y judicialización para garantizar el acceso a la administración de justicia y desestructurar las organizaciones criminales que explotan personas, así como responsabilizar a los victimarios involucrados en este delito.

 

También resalta la importancia de la generación y gestión del conocimiento para que la prevención, tal como fue referida en la Ley 985 de 2005, se lleve a cabo de conformidad con las particularidades territoriales, con especial énfasis en la realidad fronteriza y los flujos migratorios mixtos.

 

Por otra parte, amplía el horizonte de impacto de la cooperación internacional, introduciendo los contextos fronterizos y de flujos migratorios mixtos que afectan las dinámicas de la trata de personas.

 

Plantea, adicionalmente, que su implementación se dará en armonía con lo contenido en las líneas estratégicas y los planes de acción que el Comité Interinstitucional adopte anualmente para desarrollarlas.

 

4. Principios y enfoques

 

4.1. Principios. Además de los principios contenidos en los artículos 2.2.2.2.3, 2.2.2.2.12, 2.2.2.2.19 y 2.2.2.2.28 en el Decreto 1066 de 2015, son principios de la implementación de esta Estrategia, los siguientes:

 

4.1.1. Protección integral: Conjunto de políticas, planes, programas, proyectos y acciones que se ejecuten en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal con la correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos, para garantizar la prestación de servicios de protección y asistencia para las víctimas de trata de personas, en cumplimiento de las normas, la aplicabilidad de la jurisprudencia y la prevención del delito, reduciendo los riesgos de revictimización y restituyendo sus derechos.

 

4.1.2. Complementariedad: Articulación de las instituciones y sectores que intervienen en la implementación de esta Estrategia para que se complementen con las acciones que las entidades territoriales realicen para garantizar el logro de los fines aquí planteados.

 

4.2. Enfoques. Las acciones que se desarrollen en el marco de la presente Estrategia deberán adoptar los siguientes enfoques:

 

4.2.1. Enfoque de derechos humanos. Este enfoque se enmarca en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los tratados internacionales suscritos en la materia por parte del Estado colombiano, toda vez que estos instrumentos reconocen la titularidad de derechos a todas las personas e instan al Estado a direccionar sus actuaciones hacia su protección y garantía. Dado que los derechos humanos son de carácter universal, interdependiente e indivisible, estos se predican de todas las personas sin distinción alguna de nacionalidad, sexo, pertenencia étnica, religión, lengua o cualquier otra condición, entendiendo que son complementarios entre sí.

 

Las líneas estratégicas de esta Estrategia orientan las acciones de las autoridades administrativas y judiciales, tendientes a incluir integral y efectivamente a la víctima en su entorno social, este enfoque constituye una perspectiva que resalta que la trata de personas no solamente es un delito sino una grave violación a los derechos humanos, a la autonomía y a la dignidad de todo ser humano.

 

Por tanto, todas las acciones derivadas de la presente Estrategia deben orientarse hacia la prevención, defensa, protección y restablecimiento de los derechos, la dignidad y la autonomía de las víctimas del delito de la trata de personas.

 

4.2.2 Enfoque de género. El género es un estructurador social que determina la construcción de roles, valoraciones y estereotipos asociados a lo masculino y lo femenino, así como las relaciones de poder que de estos se desprenden. Por ello, es fundamental partir del reconocimiento de las relaciones de poder que se dan entre los géneros, en particular consideración de lo masculino y lo femenino en contextos y relaciones de poder injustas y desiguales, y que el abordaje de las relaciones de género que se han constituido social e históricamente tome en cuenta que estas atraviesan el entramado social, articulándose con otras relaciones sociales, como las de etnia, edad, orientación sexual y condición social y

económica1

 

Este enfoque debe guiarse por la inclusión de procesos que mitiguen relaciones desiguales por razones de género, impulsando el uso de lenguaje inclusivo, propendiendo por el respeto de las diferencias en el acceso a servicios y garantía de derechos, así como en los procesos de investigación y judicialización. Además, este enfoque facilita el análisis de las construcciones sociales que existen alrededor de las relaciones simbólicas entre hombres y mujeres como un factor predominante y facilitador para la ocurrencia de las violaciones sistemáticas de derechos humanos.

 

4.2.3 Enfoque de orientaciones sexuales e identidades de género diversas. Este enfoque parte de reconocer factores de discriminación, marginación, exclusión y otras violencias que afectan a las personas con orientaciones sexuales o con identidades de género diversas. En tal sentido, esta política pública parte de reconocer la vulneración de sus derechos fundamentales y, por lo tanto, apunta a desarrollar acciones y mecanismos para el restablecimiento de sus derechos y la consecución de la equidad2.

 

Por ello, entender el delito de la trata de personas basado en la discriminación, exclusión y marginalización de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, lntersexuales y Queer (LGBTIQ) o con orientaciones o expresiones de género diversas, facilitando el entendimiento de las dinámicas, contextos y entornos que los afectan, con el fin de focalizar las acciones adecuadas por parte del Estado e implementar correctamente políticas públicas coherentes con sus particularidades.

 

Lo anterior, basado en mecanismos que procuren fortalecer posturas de defensa de los derechos humanos y de la inclusión de la perspectiva de género y de orientaciones e identidades de género diversas para combatir este delito.

 

Esto a su vez requiere del desarrollo de procesos de empoderamiento social y político, así como de acciones afirmativas que mejoren la condición y situación de personas LGBTIQ y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas, para garantizar el ejercicio de sus derechos y así brindarles las herramientas necesarias para tomar decisiones autónomas.

 

4.2.4. Enfoque curso de vida. Derivado de la relación entre el desarrollo humano y los derechos, el enfoque de curso de vida facilita el reconocimiento de las trayectorias, los sucesos y transiciones en el vivir de los seres humanos, conforme a sus particularidades a nivel biológico, psicosocial, emocional, entre otros factores, y que a su vez, se ven afectados diferencialmente por el comportamiento individual, las relaciones sociales, económicas, ambientales y políticas propias del contexto en que transcurren las personas.

 

El reconocimiento del curso de vida constituye un fundamento clave para la comprensión y abordaje tanto de la prevención de la trata de personas como la restitución de derechos de las víctimas, puesto que de este dependen las marginaciones, discriminaciones y vulnerabilidades, así como los niveles de entendimiento de los derechos de los que se es titular, de los mecanismos para ejercerlos y de las instituciones que los defienden, lo cual es particularmente notable en el caso de las niñas, niños y adolescentes, o de las personas adultas mayores.

 

4.2.5. Enfoque diferencial. La presente Estrategia orienta la acción del Estado teniendo en cuenta la valoración y reconocimiento de la diferencia y de la diversidad en los estamentos sociales y grupos humanos, pues estas características, en razón a la procedencia, territorio, etnia, lengua y costumbres, así como lo que atañe a la identidad de género y la orientación sexual, junto con otros elementos de la construcción social, demandan de las entidades públicas y de la sociedad en general, la capacidad para aprehender y adaptar su accionar a la multiplicidad de poblaciones.

 

Lo anterior, no solamente con el fin de prestar atención diferencial a las personas que, por sus características o por desenvolverse en escenarios o contextos de vulnerabilidad, sean sujetos de especial asistencia y protección, sino para realizar acciones comprensivas de prevención, coordinación y sostenibilidad, generación y gestión del conocimiento, cooperación internacional e investigación y judicialización, que ponderen la accesibilidad de la información, las dificultades de la conectividad, así como los sistemas tradicionales de justicia, con miras a generar equidad y alcanzar la igualdad en derechos de acuerdo con las necesidades y multiplicidades de la población.

 

Derechos de personas con discapacidad

 

Teniendo en cuenta que la discapacidad resulta de la interacción entre las personas y las barreras actitudinales, comunicacionales y físicas que se encuentran en el entorno y que restringen su participación efectiva en igualdad de condiciones, se busca garantizar la implementación de acciones que permitan focalizar intervenciones precisas en las rutas de asistencia y protección que articulen la prestación de servicios de protección y asistencia para que sean dignos, oportunos, accesibles y de calidad y para que den respuesta integral a las necesidades de las personas con discapacidad.

 

Así también, las acciones de difusión de información con carácter de prevención serán diseñadas para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad. Sus contenidos, por otra parte, serán adaptados a las circunstancias que generan factores y riesgos de vulnerabilidad para esta población para promover la inclusión social, el acceso y su participación en los entornos familiar, comunitario y social, con miras al fortalecimiento de las familias y sus cuidadores, con el fin de acceder a una adecuada atención.

 

4.2.6. Enfoque étnico. Las poblaciones étnicas son aquellas cuyas condiciones y prácticas sociales, culturales y económicas, los distinguen del resto de la sociedad y que han mantenido su identidad como sujetos colectivos que aducen un origen, historia y características culturales propias, dadas en sus cosmovisiones, costumbres y tradiciones.

 

De acuerdo con los compromisos del Estado colombiano, su legislación y jurisprudencia, el enfoque étnico planteado para esta Estrategia busca ser transversal y reconocer y proteger la diversidad étnica y cultural desde la valoración y el respeto, en el marco del ejercicio de interculturalidad, entendido como un proceso de construcción social en el que aportan las personas de diversas culturas en igualdad de condiciones. Los planes de acción que se implementen en el marco de esta Estrategia, tanto a nivel nacional como territorial, garantizarán el ejercicio de los derechos de los pueblos Indígenas, Rom, Afrocolombianos, Raizales y Palenqueros.

 

La protección y asistencia tendrá como principio rector, la observancia y respeto de la interacción entre culturas. De manera particular se velará por el uso de la lengua propia en los procesos de prevención y protección y asistencia. La investigación y la judicialización se darán conforme a la pluralidad y coordinación de sistemas jurídicos, en concordancia con la justicia tradicional, el derecho propio y sus interacciones con la justicia ordinaria, para dar estricto cumplimiento a la salvaguarda de los derechos humanos.

 

4.2.7. Enfoque de interseccionalidad. Este enfoque articula y analiza la confluencia de múltiples categorías identitarias o características particulares como edad, sexo, género, orientación sexual, identidad de género, etnicidad, discapacidad, ruralidad, rol social o político, clase, entre otras.

 

La interseccionalidad subraya que las identidades, orientaciones y características poblacionales influyen en el acceso a los derechos y a las oportunidades y que están interrelacionadas con determinadas prácticas de discriminación y exclusión. Es decir que la discriminación puede profundizarse por la conjunción de diversas características de las poblaciones o rasgos de los contextos de vulnerabilidad.

 

Teniendo en cuenta que la trata de personas es una violación a los derechos y a la dignidad humana, la comprensión de la interrelación de factores que intervienen en el delito es fundamental para prevenir los riesgos de vulnerabilidad asociados, así como para proteger y restablecer los derechos vulnerados y adelantar acciones asertivas de prevención.

 

4.2.8. Enfoque territorial. Busca identificar las divergencias entre regiones y poner de manifiesto sus particularidades, con el fin de que la acción pública sea efectiva a la hora de implementar mecanismos que robustezcan la capacidad existente en las entidades territoriales para coordinar y articular con las entidades nacionales y así mejorar los tiempos de respuesta en lo pertinente a la protección y asistencia de las víctimas, optimizando tecnologías, canales y alternativas de comunicación con especial atención de las zonas de difícil acceso y conectividad.

 

Dado que las tendencias del delito cambian según las particularidades culturales, étnicas, económicas, políticas, jurídicas, sociales y geográficas de las regiones, urge conocer detalladamente estas características para establecer con exactitud los factores y riesgos de vulnerabilidad con miras a que este conocimiento sea el principal sustento del desarrollo de campañas de prevención. Así también han de ser las acciones realizadas en el marco de procesos de investigación y judicialización, coordinación y sostenibilidad, cooperación internacional y generación y gestión del conocimiento, toda vez que deben adaptarse a las particularidades cambiantes de la geografía nacional.

 

4.2.9. Enfoque fronterizo y migratorio. Teniendo en cuenta la crisis humanitaria derivada de la migración masiva de ciudadanos extranjeros, y que debido a sus condiciones de vulnerabilidad pueden ser victimizados en contextos de trata de personas, este enfoque reconoce la necesidad de una atención diferenciada, tanto en las fronteras del país como en el territorio nacional, para abordar la atención de los flujos migratorios mixtos, con el fin de que la implementación de esta Estrategia se corresponda con las condiciones y características propias de los territorios y de las condiciones de vulnerabilidad de los migrantes regulares e irregulares.

 

Dado que las dinámicas de estos flujos hacen cada vez más patente la necesidad de establecer acciones de largo plazo en el marco de una gobernanza migratoria de alcance regional, este enfoque será de especial atención en todas las fronteras terrestres, fluviales y marítimas, así como en los departamentos de alta movilidad, presencia o asentamiento de personas migrantes, con la intención de articular recursos y esfuerzos para ofrecer soluciones de largo plazo a las problemáticas dadas en las dinámicas migratorias.

 

4.2.10. Enfoque criminológico. Desde este enfoque, esta Estrategia entenderá que la comisión del delito de trata de personas obedece a una serie de factores multicausales que deberán ser permanentemente objeto de investigación, análisis y estudio, con el fin de conocer los diferentes factores que tienen relación con el surgimiento, transformación, incremento o disminución del delito, para tomar permanentes decisiones de política pública que contribuyan a su prevención, investigación, judicialización y lucha contra el delito desde una perspectiva nacional y trasnacional. .

 

5. Ejes, objetivos, parámetros de implementación, líneas estratégicas, metas y resultados

 

5.1. Eje de coordinación y sostenibilidad. La coordinación y la sostenibilidad hacen referencia a la permanente articulación entre las entidades nacionales y territoriales para implementar las líneas estratégicas de acción conforme a los enfoques establecidos para esta política. Particularmente, se considera que la coordinación corresponde al trabajo armónico y articulado entre actores e instituciones y que la sostenibilidad hace referencia a la continuidad en el tiempo de los planes, programas y proyectos formulados para desarrollar esta Estrategia. Es preciso señalar que la articulación entre la Nación y el territorio, junto con actores sociales y privados es un reto, así como un recurso necesario y útil para generar las sinergias necesarias, con el fin de que las acciones destinadas a implementar en forma coordinada esta Estrategia sean asimismo garantes de la sostenibilidad de esta.

 

Las tecnologías de la información y la comunicación, así como las alternativas para zonas de difícil conectividad o acceso, son un recurso útil para generar articulaciones entre las entidades del orden nacional y territorial, que participan en la implementación de esta Estrategia. Las acciones realizadas para implementar esta Estrategia serán resultado de esfuerzos conjuntos entre los actores públicos y privados, sociales, académicos y cooperantes internacionales.

 

5.1.1. Objetivo general

 

Articular permanentemente a la Nación y los territorios, así como asegurar la coordinación de los actores que tienen injerencia en la implementación, seguimiento y evaluación de la política pública para la lucha contra la trata de personas, a través del fortalecimiento y la apropiación de herramientas y estrategias de información y comunicación.

 

5.1.2. Objetivos específicos

 

Fortalecer la apropiación de roles y responsabilidades de los actores institucionales del nivel nacional y territorial para facilitar la implementación de la política pública para la lucha contra la trata de personas, de conformidad con lo planteado por el artículo 2.2.2.2.4 de Decreto 1066 de 2015 en cuanto a las competencias de las entidades nacionales y territoriales, así como lo que respecta a los organismos que tienen funciones de control, investigación y protección, y coordinación y seguimiento.

 

Garantizar que la implementación de esta Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas en los niveles territoriales se implemente de conformidad con las particularidades regionales, con el concurso de los actores sociales, académicos, cooperación internacional y territoriales y con el acompañamiento y la asesoría técnica de las entidades del nivel nacional.

 

5.1.3. Parámetros para implementar el eje de coordinación y sostenibilidad

 

Fortalecer las estrategias de articulación, trabajo conjunto, coordinado y mancomunado conforme con los roles, responsabilidades institucionales y misiones sectoriales de los actores que en el nivel nacional y territorial tienen injerencia en la ejecución de la política pública para la lucha contra la trata de personas.

 

Facilitar la apropiación de herramientas tecnológicas articuladas con el Sistema Nacional de Información sobre Trata de Personas que administra el Ministerio del Interior que promuevan la articulación y coordinación de los actores del nivel nacional y territorial, responsables y corresponsables de la implementación de la política pública para la lucha contra la trata de personas.

 

Institucionalizar espacios de asistencias técnicas en el nivel nacional y territorial, a través de la intervención de las entidades que hacen parte del Comité interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, con el acompañamiento de actores sociales, académicos y cooperantes internacionales, para implementar, de conformidad con las particularidades regionales, esta Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de personas en las entidades territoriales.

 

5.1.4. Líneas estratégicas de acción

 

Caracterizar las herramientas tecnológicas de articulación y coordinación que atiendan las necesidades y particularidades de los territorios.

 

Diseñar e implementar tecnologías y alternativas de información y comunicación que atiendan las necesidades y particularidades de los territorios.

 

Generar líneas de acción para la creación y fortalecimiento de competencias y capacidades para la apropiación y utilización de herramientas de tecnologías de información y comunicaciones, así como alternativas de conectividad, para los actores que implementan esta Estrategia.

 

Especificar los alcances de las acciones de gestión, planeación y control, en marcos intersectoriales e interinstitucionales, en los que tengan parte los niveles nacional y territorial, para potenciar las intervenciones de cada entidad conforme con sus roles, responsabilidades, competencias y misiones, tendientes a implementar la política pública para la lucha contra la trata de personas.

 

Caracterizar, a través del intercambio de información proveniente de actores sociales, académicos, cooperantes internacionales, territoriales e institucionales, las particularidades regionales para la implementación de esta Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas establecidas en los planes de acción anuales del Comité interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas.

 

5.1.5. Metas y resultados esperados

 

Herramientas tecnológicas caracterizadas para articular y coordinar acciones teniendo en cuenta las necesidades y particularidades de los territorios.

 

Herramientas de comunicación e información que no requieran conectividad implementadas para facilitar la integración de los territorios que tienen dificultades de conexión.

 

Actores que intervienen en la implementación de la política pública capacitados en las competencias y capacidades necesarias para interactuar con las herramientas tecnológicas de información y comunicación con sus alternativas.

 

Gestión, planeación y control públicos fortalecidos a través de articulaciones entre actores nacionales y territoriales, sociales y académicos, y cooperantes internacionales, conforme con sus roles, responsabilidades, competencias y misiones, para la implementación y descentralización de las políticas para la lucha contra la trata de personas.

 

Planes de acción del Comité Interinstitucional formulados e implementados, teniendo en cuenta las especificidades de los territorios, las competencias de los actores públicos y la articulación con actores sociales y académicos, y con los cooperantes internacionales.

 

5.2. Eje de protección y asistencia

 

La prestación de servicios de protección y asistencia debe acatar las disposiciones generales para la protección de los datos personales establecidos por la Ley Estatutaria 1581 de 2012 por parte de las autoridades competentes para resguardar la vida, identidad y la privacidad de las víctimas, faciliten el acceso a información sobre sus derechos y mecanismos de protección y adecúen la prestación de servicios a sus particularidades y características. Lo anterior, con miras a garantizar el restablecimiento de los derechos de las víctimas de este delito y propiciar la estabilidad necesaria para consolidar procesos de socialización en sus entornos familiar, comunitario y económico.

 

5.2.1. Objetivo general

 

Coordinar, efectivamente, la activación e implementación de la ruta interinstitucional de protección y asistencia por parte de las entidades competentes a nivel nacional y territorial, para garantizar la atención a las víctimas de trata de personas y restablecer sus derechos de conformidad con sus características y particularidades, de acuerdo con la normatividad vigente.

 

5.2.2. Objetivos específicos

 

Fortalecer la apropiación de herramientas y mecanismos que garanticen la articulación Nación-territorio, así como la coordinación de los actores responsables y corresponsables de la implementación, seguimiento y evaluación de las acciones de protección y asistencia.

 

Mejorar las capacidades de gestión de recursos humanos, técnicos, económicos y financieros por parte de los sectores que hacen parte de los Comités Territoriales de Lucha contra la Trata de Personas para la efectiva inclusión de acciones en los planes de desarrollo y planes de acción territoriales tendientes a restablecer integralmente los derechos de las víctimas de trata de personas.

 

5.2.3. Parámetros para implementar el eje de protección y asistencia

 

Propiciar la apropiación de herramientas que faciliten la institucionalización de mecanismos unificados y de procesos de articulación intersectorial que fortalezcan la coordinación de los actores del nivel nacional y territorial responsables y corresponsables en la implementación de la política pública para la lucha contra la trata de personas, en lo concerniente a garantizar el restablecimiento de derechos de las víctimas.

 

Fortalecer, a través de asistencias técnicas, y según las competencias de las entidades del orden nacional, el conocimiento y apropiación de los roles y responsabilidades de los sectores representados tanto en el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas como en las entidades territoriales, en cuanto a la prestación de servicios de protección y asistencia.

 

Fomentar las capacidades oficiales de gestión de recursos humanos, técnicos, económicos y financieros, con el fin de fortalecer la capacidad instalada de las entidades territoriales para la adecuada información, orientación, asistencia y la protección a las víctimas.

 

5.2.4. Líneas estratégicas de acción

 

Caracterizar las herramientas y las alternativas de información y comunicaciones que faciliten la articulación, coordinación y sostenibilidad, de acuerdo con las necesidades y particularidades de los territorios en materia de protección y asistencia.

 

Generar espacios de intercambio de conocimientos referidos al marco normativo, prestación de servicios de protección y asistencia, y restablecimiento integral de los derechos de las víctimas de trata de personas.

 

Articular, actualizar y divulgar la ruta interinstitucional de protección y asistencia del nivel nacional con las rutas territoriales, para armonizar las actuaciones de las entidades que prestan servicios para restablecer los derechos de las víctimas, de acuerdo con sus competencias y conforme con los enfoques transversales.

 

Generar procesos de capacitación y formación en habilidades de planeación y gestión pública, dirigidos a los actores que intervienen en la implementación de esta Estrategia, tendientes a garantizar los recursos necesarios para prestar servicios de protección y asistencia a víctimas de trata de personas.

 

Articular y coordinar con las autoridades competentes, la oferta de atención para que los niños, niñas y adolescentes víctimas de trata, accedan, de manera inmediata, a los servicios de salud, educación, justicia, seguridad para su vida y la de su familia, medidas de restablecimiento de sus derechos y las medidas de regularización cuando las víctimas sean extranjeras.

 

Garantizar que los niños, niñas y adolescentes víctimas de la trata de personas reciban la atención integral de acuerdo con sus condiciones particulares y la finalidad de explotación de la que fueron víctimas.

 

Propiciar, en las entidades territoriales, el establecimiento de programas, proyectos o estrategias dirigidas a la integración social de los niños, niñas y adolescentes víctimas y sus familias.

 

5.2.5. Metas y resultados esperados

 

Oferta de servicios para la atención integral a niños, niñas, adolescentes víctimas de trata de personas, por parte de los sectores de salud, educación y justicia, relaciones exteriores, y bienestar familiar, articulada y garantizada de manera efectiva en las entidades territoriales.

 

Actores que intervienen en la implementación de la política pública para la lucha contra la trata de personas formados en las competencias y capacidades necesarias para interactuar con el Sistema Nacional de Información sobre la Trata de Personas, en lo que respecta a los procesos de protección y asistencia.

 

Asistencias técnicas sobre marco normativo, roles y responsabilidades en la prestación de servicios de protección y asistencia, así como de información y comunicación, brindadas por el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas dirigidas a los actores de las entidades territoriales que intervienen en la implementación de esta Estrategia.

 

Procesos de restablecimiento integral de los derechos de las víctimas de trata de personas establecidos en el territorio nacional.

 

Mecanismos establecidos para hacer seguimiento y control a los procesos de restablecimiento de derechos de las víctimas de trata de personas.

 

Ruta intersectorial del nivel nacional articulada con las rutas territoriales con observancia de los enfoques y particularidades territoriales.

 

Procesos de capacitación y formación en habilidades de planeación y gestión pública para garantizar la prestación de servicios de protección y asistencia a víctimas de trata de personas llevados a cabo en los territorios.

 

Planes de desarrollo y planes de acción formulados y adoptados con líneas y recursos específicos para garantizar la prestación de servicios de protección y asistencia.

 

Rutas de atención integral difundidas y canales de denuncia divulgados con el fin de garantizar los derechos de las víctimas.

 

Redes y comunidades de apoyo para las víctimas de trata de personas fomentadas con especial atención a las entidades territoriales con mayor riesgo de ocurrencia del delito y en las zonas donde tiene alto impacto.

 

5.3. Eje de investigación y judicialización

 

La investigación y la judicialización se refieren a los procesos mediante los que se recauda material probatorio referente a las conductas de aquellos sobre quienes hay sospechas de participar en el delito de la trata de personas, para presentarlo a las vías judiciales y así aclarar si en efecto tuvieron parte o estuvieron involucrados en la explotación de seres humanos.

 

Por lo anterior, las acciones de investigación deben servirse tanto del conocimiento y experticia propios de las entidades competentes como de la información que se produce en el marco de investigaciones académicas y de otro tipo de instancias como los observatorios, para contar con elementos que permitan caracterizar el delito de trata de personas a nivel nacional e internacional, y de este modo, capacitar, formar y actualizar a policías, investigadores y fiscales sobre las dinámicas cambiantes y en permanente modificación, de este delito y de los medios utilizados por los victimarios.

 

Para que las autoridades competentes puedan adelantar acciones con el fin de demostrar la comisión del delito, la individualización e identificación y acusación de los responsables de la conducta punible y su grado de participación en la misma, es necesario aunar esfuerzos de articulación con las diferentes entidades que luchan contra la trata de personas en los niveles nacional e internacional, teniendo en cuenta, además, problemáticas complejas como el narcotráfico, el lavado de activos y el conflicto armado.

 

5.3.1. Objetivo general

 

Fortalecer la capacidad institucional del Estado para garantizar el acceso a la administración de justicia por parte de las víctimas de trata de personas, en condiciones de goce efectivo de sus derechos fundamentales.

 

5.3.2. Objetivos específicos

 

Mejorar y difundir los canales de denuncia del delito de trata de personas para facilitar su acceso a las víctimas.

 

Generar espacios de formación y actualización para los funcionarios de investigación y judicialización del delito de trata de personas, de acuerdo con la misionalidad de cada entidad.

 

5.3.3. Parámetros para implementar el eje de investigación y judicialización.

 

Caracterizar las tendencias del delito y a las víctimas de trata de personas, con el fin de obtener las cifras y modalidades del delito, con miras a establecer iniciativas investigativas en contexto, para judicializar victimarios y desarticular organizaciones criminales que conlleven a atacar el delito y a la afectación de finanzas criminales que inciden en el aumento de la comisión de delito de trata de personas.

 

Fortalecer las estrategias de apropiación de los canales tecnológicos y no tecnológicos de denuncia existentes para que la ciudadanía en general pueda acceder de manera efectiva a la administración de justicia.

 

Desarrollar y ejecutar espacios de formación, actualización y transferencia de conocimiento sobre mutación, modus operandi y rotación del delito de trata de personas, ejes y enfoques de esta Estrategia, así como la ruta interinstitucional de protección y asistencia para víctimas de trata de personas, direccionados a los funcionarios y funcionarias encargados de la investigación y judicialización del delito.

 

5.3.4. Líneas estratégicas de acción

 

Fortalecer las capacidades de análisis interinstitucionales y otros mecanismos de caracterización del delito de trata de personas para uso y provecho de las entidades de investigación y judicialización.

 

Dar continuidad a la articulación, cooperación y promoción de capacidades entre Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación, Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y la Unidad de Investigación y Análisis Financiero, para incrementar la eficiencia investigativa en el delito trata de personas y conexos.

 

Adelantar investigaciones con el objetivo de afectar finanzas criminales originadas en el delito de trata de personas, a través de la figura de extinción del derecho de dominio.

 

Difundir y fortalecer los canales de denuncia del delito de trata de personas.

 

Mejorar las capacidades humanas, técnicas, tecnológicas y logísticas de las entidades competentes en investigación y judicialización.

 

Capacitar a los funcionarios encargados de la investigación y judicialización del delito de trata de personas, incluyendo procesos de sensibilización, de acuerdo con la misionalidad de cada una de las entidades.

 

5.3.5. Metas y resultados esperados

 

Mecanismos de caracterización fortalecidos e institucionalizados en las entidades de investigación y judicialización.

 

Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación, Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y la Unidad de Investigación y Análisis Financiero articuladas para incrementar la eficiencia investigativa.

 

Finanzas criminales originadas en el delito de trata de personas, afectadas.

 

Canales de denuncia difundidos y fortalecidos para facilitar su acceso por parte de las víctimas.

 

Capacidades humanas, técnicas, tecnológicas y logísticas de las entidades de investigación y judicialización mejoradas.

 

Funcionarios capacitados y sensibilizados en materia de trata de personas.

 

5.4. Eje de generación y gestión del conocimiento

 

La generación y gestión del conocimiento hace referencia a la producción, registro, organización y sistematización de información para generar análisis y ganar comprensión sobre la trata de personas y sus dinámicas.

 

La comunicación entre los actores sociales, las prácticas y saberes cotidianos deben tener lugar en la producción y gestión de conocimiento sobre la trata de personas, para facilitar la creación tanto de instrumentos de prevención efectivos como de políticas públicas.

 

La comprensión de las tendencias del delito debe darse en conjunción con las dinámicas de seguridad del territorio nacional para establecer, entre otros elementos, a qué obedece que haya territorios más afectados que otros, la prevalencia de ciertas finalidades de explotación, rutas de traslado y tipología de los victimarios.

 

5.4.1. Objetivo general.

 

Integrar la producción de información y gestión del conocimiento entre las entidades del orden nacional y territorial, con la colaboración, en los casos que aplique, de los actores sociales, cooperantes internacionales y académicos, en un Sistema Nacional de Información sobre la Trata de Personas fortalecido y articulado con el Observatorio del Delito de Trata de Personas.

 

5.4.2. Objetivos específicos

 

Establecer mecanismos para promover alianzas con sectores cooperantes internacionales, académicos y sociales, en aras de investigar la trata de personas en sus diversas finalidades, con el propósito de generar procesos de apropiación social del conocimiento.

 

Fortalecer el Sistema Nacional de Información sobre la Trata de Personas, en sus componentes tecnológicos y el reporte de datos e información clara, ordenada y estructurada por parte de las entidades que lo alimentan, para medir la implementación de esta Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas.

 

Favorecer la gestión de conocimiento a través de las tecnologías de la información y las comunicaciones para fortalecer la transferencia de conocimiento entre los actores que intervienen en la lucha contra la trata de personas.

 

Garantizar la integración de información legal, los desarrollos jurisprudenciales y las decisiones judiciales, para determinar los impactos de la aplicación del tipo penal de trata de personas.

 

5.4.3. Parámetros para implementar el eje de generación y gestión del conocimiento

 

Robustecer el Sistema Nacional de Información sobre la Trata de Personas, con el propósito de que contribuya a la toma informada de decisiones y a la realización de acciones por parte de las autoridades en los ámbitos nacional y territorial, para efectos de anticipar, controlar e intervenir la trata de personas y los delitos conexos.

 

Gestionar, desde el territorio y el nivel nacional, nuevas alianzas, así como fortalecer las existentes, con instituciones de educación superior, sectores sociales y académicos que desarrollen procesos o líneas de investigación sobre la trata de personas.

 

Consolidar la información interinstitucional sobre las acciones realizadas para la lucha contra la trata de personas y la generación de información referente a esta materia.

 

Gestionar la preservación documental en materia de trata de personas, para que sea referente y fuente de información, que facilite la transferencia de conocimientos a través de la incorporación de tecnologías de la información y las comunicaciones.

 

Consolidar alianzas estratégicas con sectores sociales y académicos que permitan monitorear, actualizar y relacionar los sistemas públicos de información jurídica con el normograma nacional e internacional, la jurisprudencia y las sentencias del sistema judicial en la materia.

 

5.4.4. Líneas estratégicas de acción

 

Articular el Sistema Nacional de Información sobre la Trata de Personas con las instituciones del orden nacional y territorial, y en los casos que aplique, con otros sistemas y observatorios, actores académicos, sociales y cooperantes internacionales, con el fin de facilitar la interoperabilidad e intercambiar información.

 

Promover la realización de investigaciones y estudios conjuntos de carácter técnico y científico, en los que tengan parte actores nacionales, territoriales, académicos, sociales y cooperantes internacionales, los cuales deben provenir de información confiable de acuerdo con los parámetros establecidos.

 

Generar espacios de intercambio de información a partir de la gestión de conocimiento proveniente del Observatorio del Delito de Trata de Personas que proporcionen insumos para la toma de decisiones y la cualificación de quienes intervienen en la implementación de esta Estrategia Nacional de Lucha contra la Trata de Personas.

 

Formular protocolos para unificar el procedimiento de reporte y entrega de información estadística sobre trata de personas de manera articulada entre las instituciones que conforman el Comité Interinstitucional y las entidades territoriales.

 

Estructurar y fortalecer las alianzas territoriales para la generación de conocimiento e identificación de particularidades regionales.

 

Revisar, depurar y actualizar la información acorde al marco legal nacional e internacional vigente en trata de personas, su relación con la jurisprudencia y su aplicación por parte de los actores judiciales.

 

5.4.5. Metas y resultados esperados

 

Sistema Nacional de Información sobre la Trata de Personas articulado institucionalmente con las entidades del nivel nacional y con actores sociales, académicos y cooperantes internacionales en los casos que aplique.

 

Investigaciones y estudios realizados y promovidos con la participación de actores sociales, académicos, cooperantes internacionales e institucionales.

 

Actores que tienen lugar en la implementación de esta Estrategia cualificados en el manejo de informaciones, datos y estadísticas, así como de análisis producidos y socializados por el Observatorio del Delito de Trata de Personas.

 

Información estadística y de otros tipos formulada de acuerdo con protocolos establecidos para actores institucionales en los niveles nacional y territorial.

 

Generación de conocimiento sobre las particularidades regionales, fortalecida a través de alianzas con los actores que intervienen en la implementación de la política pública.

 

Información revisada, depurada y actualizada sobre el marco legal nacional e internacional, sus desarrollos jurisprudenciales y su aplicación por parte de actores judiciales.

 

5.5. Eje de prevención

 

La prevención es el conjunto de acciones tendientes a mitigar los factores que inciden, propician y mantienen la ocurrencia de la trata de personas. La información sobre la trata de personas y la forma en que es comunicada, es fuente para conocer y documentar cómo se percibe e interpreta este delito en la cotidianidad de las personas, comunidades y territorios que podrían ser victimizados.

 

Para ello, es necesario crear flujos de comunicación claros, permanentes, articulados y soportados con la participación de diferentes sectores y en entornos diversos, para que la información que se produzca y difunda sobre el delito cuente con elementos suficientes para facilitar la identificación, prevención, independientemente de condiciones sociales, económicas, educativas, territoriales, o de las características poblacionales.

 

La trata de personas y sus dinámicas debe ser analizada teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas, territoriales, políticas, así como las características de los entornos, escenarios de pobreza extrema, falta de oportunidades educativas, laborales o de generación de ingresos o presencia de actores armados. Lo mismo aplica para las características de las personas en razón de género, orientación sexual e identidad de género diversa, edad, posición social o económica, y situaciones de discriminación histórica.

 

La trata de personas, aunque puede afectar a cualquier ser humano sin importar sus condiciones y características, suele afectar poblaciones en situación de vulnerabilidad, en razón a sus condiciones particulares o al contexto en el que se desenvuelven. Así, la prevención de la trata de personas es efectiva en la medida en la que mitiga los factores de vulnerabilidad asociados con este delito.

 

Por ello, es necesario que las acciones de prevención apunten no solo al conocimiento e identificación del delito, sino a la potencialización de habilidades, capacidades y destrezas que conlleven a promover proyectos de vida y toma de decisiones acertadas e informadas que reduzcan los riesgos para la ocurrencia el delito.

 

5.5.1. Objetivo general

 

Articular acciones de prevención dirigidas a combatir los factores de vulnerabilidad asociados a la trata de personas, para que den respuesta a las particularidades territoriales y a las características poblacionales, en el marco de la corresponsabilidad entre entidades del orden nacional, departamental y local.

 

5.5.2. Objetivos específicos

 

Diseñar e implementar planes integrales de prevención a nivel territorial, encaminados a mitigar los factores de riesgo y de vulnerabilidad, a partir de lecturas territoriales expresadas en mapas de riesgo que faciliten la identificación de particularidades territoriales con énfasis en zonas identificadas para la captación, traslado, acogida y explotación, como los más frecuentes.

 

Armonizar la oferta institucional de servicios y difundirla a través de estrategias de información que incluyan la divulgación de canales de asesoría sobre el delito.

 

Desarrollar acciones articuladas de promoción de una cultura para la prevención de la trata de personas que desarrolle los enfoques planteadas en esta Estrategia.

 

5.5.3. Parámetros para implementar el eje de prevención

 

Fortalecer los programas de prevención para orientarlos a disminuir los riesgos y vulnerabilidades, y a integrar las particularidades territoriales a través de la generación de oportunidades y el trabajo conjunto de las entidades nacionales, territoriales, públicas y privadas.

 

Incrementar el posicionamiento y réplica de acciones de prevención a nivel nacional haciendo énfasis en los territorios identificados como puntos más frecuentes de captación, acogida y explotación.

 

Promover en diferentes ámbitos y contextos, urbanos y rurales, una cultura orientada a la identificación, prevención de la trata de personas.

 

5.5.4. Líneas estratégicas de acción

 

Afianzar los conocimientos sobre el delito, las capacidades y aptitudes de los actores que implementan esta Estrategia para prevenir la trata de personas de acuerdo con las particularidades territoriales.

 

Diseñar, participativamente, el plan integral de prevención del delito de trata de personas y las herramientas metodológicas, con enfoque diferencial y territorial.

 

Realizar acompañamiento permanente, mediante asistencias técnicas orientadas a la prevención de la trata de personas, dirigida a funcionarios y funcionarias de las entidades de los niveles nacional y territorial.

 

Realizar seguimiento y evaluación a las acciones de prevención de los planes de acción territoriales.

 

Diseñar un plan con acciones pedagógicas y estrategias de información y comunicación para la prevención de la trata de personas que promueva el trabajo decente y legal, y el tránsito seguro dentro y fuera del país a partir de la valoración de los factores de riesgo territoriales, haciendo especial énfasis al uso de medios, modos y formatos accesibles e inclusivos para la difusión de información.

 

Diseñar e implementar planes de sensibilización, información y comunicación para poblaciones en contextos de vulnerabilidad asociados con la trata de personas.

 

Generar espacios de articulación de los Comités Territoriales de Lucha contra la Trata de Personas con el sector empresarial y otros actores privados encaminados a promover acciones corresponsables que apunten a la prevención de este delito y al fortalecimiento de los proyectos de vida de las comunidades pertenecientes a los territorios en donde tienen presencia estos sectores

 

Realizar actividades pedagógicas en diferentes entornos como el educativo, laboral, social, comunitario y de organizaciones de la sociedad civil, para la prevención de la trata de personas.

 

Fortalecer y promover las iniciativas sociales, y culturales orientadas a prevenir la trata de personas.

 

5.5.5. Metas y resultados esperados

 

Plan integral de prevención con enfoque diferencial en los niveles nacional y territorial. Asistencias técnicas en materia de prevención realizadas con entidades de los niveles nacional y territorial.

 

Monitoreo anual realizado a los planes de acción territoriales, específicamente en cuanto a los componentes y actividades en materia de prevención.

 

Plan de acciones pedagógicas y de información y comunicación, así como de sensibilización, diseñado e implementado en contextos de vulnerabilidad.

 

Espacios de articulación generados por los Comités Territoriales con el sector empresarial y otros actores privados.

 

Canales de asesoría sobre el delito divulgados en el territorio nacional.

 

Iniciativas sociales y culturales implementadas y orientadas a prevenir la trata de personas.

 

5.6. Eje de cooperación internacional, migración y fronteras

 

La migración corresponde con el desplazamiento de personas de un país a otro por causas económicas, sociales o políticas. Estos desplazamientos, cuando son masivos, dificultan la administración y organización de las poblaciones e instituciones de los territorios fronterizos y receptores de estos desplazamientos. Esto demanda que las acciones de las entidades receptoras de los flujos migratorios mixtos amplíen su enfoque y fortalezcan sus capacidades, a través de la cooperación bilateral, regional y mundial.

 

Siendo la trata de personas una de las manifestaciones de delincuencia organizada transnacional en la que múltiples países se convierten simultáneamente en puntos de origen, tránsito y destino de las víctimas, la cooperación internacional es determinante para combatir eficazmente el delito.

 

La migración forzada, junto con la movilidad humana, son realidades que afectan e impactan la ocurrencia de la trata de personas y el tráfico de migrantes. La situación fronteriza de Colombia es asunto de importancia, pues no solamente pone de manifiesto vulnerabilidades en la soberanía nacional, sino que evidencia su posición geoestratégica en Suramérica por cuenta del narcotráfico y de las rutas utilizadas por la delincuencia organizada. Para luchar contra la trata de personas en un contexto tal, debe planificarse la cooperación de países vecinos, fronterizos y del hemisferio, con las organizaciones cooperantes internacionales.

 

5.6.1. Objetivo general

 

Abordar integralmente los fenómenos migratorios, fronterizos y de trata de personas, propiciando el intercambio de información, para implementar la política pública en esta materia, a través del fortalecimiento de la gestión de la cooperación multilateral, regional y bilateral con otros gobiernos y cooperantes internacionales.

 

5.6.2. Objetivos específicos

 

Documentar los resultados de la implementación de mecanismos de cooperación internacional para garantizar la adecuada gestión de recursos cooperantes internacionales, tendientes a dirigir y sostener planes, programas y proyectos que estén en conformidad con las tendencias de la trata de personas.

 

Contar con alianzas estratégicas con cooperantes internacionales para integrar esfuerzos interinstitucionales que robustezcan la gestión pública nacional y territorial en la lucha contra la trata de personas.

 

5.6.3. Parámetros para implementar el eje de cooperación internacional, migración y fronteras

 

Fortalecer la gestión de la cooperación internacional para mejorar la capacidad institucional del Estado colombiano, a través de la consolidación de mecanismos de intercambio de información y buenas prácticas para implementar la política pública para la lucha contra la trata de personas.

 

Afianzar la caracterización de necesidades de recursos técnicos y econom1cos de las entidades nacionales y territoriales, para facilitar la prevención, protección y asistencia a las víctimas, la investigación y judicialización, así como el intercambio de información para la comprensión y el abordaje de los fenómenos migratorio, fronterizo y de trata de personas, en el marco de la cooperación bilateral, regional y multilateral con otros gobiernos y organismos cooperantes internacionales.

 

Analizar la posición de Colombia en los escenarios de cooperación internacional, para identificar y priorizar aquellos que sean más propicios o estratégicos, en cuanto a fuentes, cooperantes y demandantes, y así robustecer la gestión pública nacional y territorial en cuanto a lucha contra la trata de personas.

 

5.6.4. Líneas estratégicas de acción

 

Fortalecer las capacidades técnicas de las instituciones de orden nacional y territorial para gestionar y formular acciones junto con la cooperación internacional y evaluar su impacto en el desarrollo de la política pública para la lucha contra la trata de personas.

 

Desarrollar y fortalecer las capacidades de las entidades nacionales y territoriales para la gestión y consecución de recursos, el apoyo, la asistencia y el acompañamiento de organizaciones y mecanismos de cooperación internacional.

 

Promover la suscripción de acuerdos con cooperantes internacionales y los países de mayor destino de trata externa de connacionales para favorecer y facilitar la investigación, captura y judicialización de los grupos criminales de trata de personas.

 

Identificar y definir los roles y funciones interinstitucionales para atender eficientemente las situaciones de riesgo y amenaza que en materia de trata de personas se presenten en las zonas de frontera.

 

Estructurar la respuesta integral por parte de las entidades nacionales y territoriales a la trata de personas en contexto de flujos migratorios mixtos.

 

5.6.5. Metas y resultados esperados

 

Entidades nacionales y territoriales con capacidades técnicas fortalecidas para gestionar e implementar acciones de cooperación internacional.

 

Entidades nacionales y territoriales con necesidades de cooperación identificadas y caracterizadas por oferta y/o demanda de cooperación internacional.

 

Acuerdos con gobiernos de países destino de connacionales explotados que contengan acciones para fortalecer la atención a las víctimas y la judicialización de victimarios.

 

Situaciones de riesgo y amenaza de la comisión del delito de trata de personas en zonas fronterizas mitigadas y atendidas por parte de las entidades nacionales y territoriales, según sus roles y responsabilidades, y con el concurso de la cooperación internacional.

 

Rutas de protección y asistencia formuladas para dar respuesta integral a la trata de personas con énfasis los flujos migratorios mixtos.

 

 

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

 

1 Según lo establecido por el Decreto 762 de 2018, "por el cual se adiciona un capítulo al Título 4 a la Parte 4, del Libro 2, del Decreto 1066 de 2015, único Reglamentario del Sector Interior, para adoptar la Política Pública para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas."

 

2 Según lo establecido por el Decreto 762 de 2018, "por el cual se adiciona un capítulo al Título 4 a la Parte 4, del Libro 2, del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Interior, para adoptar la Política Pública para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas."