Decreto 1200 de 1999
Fecha de Expedición: 02 de julio de 1999
Fecha de Entrada en Vigencia: 08 de julio de 1999
Medio de Publicación: Diario Oficial 43632 de julio 8 de 1999
SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
- Subtema: Garantía del Pago
Modifica el Decreto 1515 de 1998, relativo a la garantía de pensiones por parte de la Nación y FOGAFIN; la garantía de pensiones de riesgos profesionales; la garantía aplicable a los planes alternativos de pensiones y la garantía en los casos de seguros previsionales, en el sentido de otorgar a la Junta Directiva de FOGAFIN, un término para expedir la regulación correspondiente para determinar las garantías aludidas.
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
- Subtema: Garantía del Pago
Modifica el Decreto 1515 de 1998, relativo a la garantía de pensiones por parte de la Nación y FOGAFIN; la garantía de pensiones de riesgos profesionales; la garantía aplicable a los planes alternativos de pensiones y la garantía en los casos de seguros previsionales, en el sentido de otorgar a la Junta Directiva de FOGAFIN, un término para expedir la regulación correspondiente para determinar las garantías aludidas.
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DECRETO 1200 DE 1999
(Julio 2)
“Por medio del cual se modifica el parágrafo transitorio del artículo 3° del Decreto 1515 de 1998.”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales en especial de las que le confieren el artículo 189, numerales 11 y 17 de la Constitución Política, y de las legales a que se refieren los artículos 60 ordinal g) y 109 de la Ley 100 de 1993 y 83 del Decreto 1295 de 1994,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. El parágrafo transitorio del artículo 3° del Decreto 1515 de 1998, quedará así:
"PARÁGRAFO TRANSITORIO. La Junta Directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, a más tardar el 5 de octubre de 1999, expedirá la regulación correspondiente, la cual deberá entrar a regir dentro del mismo plazo".
ARTÍCULO 2°. Derógase el Decreto 221 de 1999.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 2 días del mes de julio de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR.
Nota: Publicado en el Diario Oficial 43632 de Julio 8 de 1999.