Decreto 2004 de 1997 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2004 de 1997

Fecha de Expedición:

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
- Subtema: Comisiones Permanentes

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES PERMANENTES

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2004 DE 1997

(agosto 13)

Derogado por el Decreto 1083 de 2015

por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1050 de 1997.

 

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

 

DECRETA:

 

Artículo  1º.- Modifícase el artículo 2 del Decreto 1050 de 1997, el cual quedará así:

 

"Artículo  2º.- De las Condiciones de las Comisiones. En ejercicio de la facultad consagrada por el inciso segundo del artículo 22 del Decreto Ley 2400 de 1968, las comisiones al exterior serán otorgadas en las siguientes condiciones:

 

  1. COMISIONES DE SERVICIOS

 

  1. Para tramitar o negociar asuntos que a juicio del Gobierno Nacional revistan especial interés para el país.

  2. Para suscribir convenios o acuerdos con otros gobiernos u organismos internacionales.

 

  1. COMISIONES DE ESTUDIOS

 

El objeto de las mismas deberá guardar relación con los fines de la entidad o con las funciones inherentes al cargo que desempeña el servidor público".

 

Artículo 2º.- Deróganse los incisos 1, 2, 3 y 4 del artículo 3 del Decreto 1050 del 10 de abril de 1997.

 

Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

 

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 13 de agosto de 1997.

 

El Presidente de la República, ERNESTO SAMPER PIZANO. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, JUAN CARLOS POSADA. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, EDGAR ALFONSO GONZÁLEZ SALAS.