Decreto 143 de 2003
Fecha de Expedición: 28 de enero de 2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO - INPEC
- Subtema: Planta de Personal
Aprueba la supresión de cargos vacantes de la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC.
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO - INPEC
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DECRETO 143 DE 2003
(Enero 28)
(Derogado por el Art. 8 del Decreto 271 de 2010)
por el cual se aprueba la supresión de cargos vacantes de la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
Que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con concepto de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;
Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos vacantes de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 010 del 23 de octubre de 2002,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Suprímense de la Planta de Personal de empleados públicos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, aprobada mediante Decreto 301 de 1997 los siguientes cargos vacantes:
N° de cargos |
Dependencia y denominación del empleo |
Código |
Grado |
15 (quince) |
Director de Establecimiento Carcelario |
2220 |
06 |
7 (siete) |
Subdirector de Establecimiento Carcelario |
2225 |
06 |
1 (uno) |
Profesional Especializado ½ Tiempo |
3010 |
15 |
1 (uno) |
Profesional Especializado |
3010 |
16 |
1 (uno) |
Profesional Universitario |
3020 |
08 |
1 (uno) |
Profesional Universitario |
3020 |
12 |
2 (dos) |
Capellán ½ Tiempo |
3060 |
08 |
1 (uno) |
Analista de Sistemas |
4005 |
15 |
1 (uno) |
Técnico Administrativo |
4065 |
09 |
2 (dos) |
Técnico Operativo |
4080 |
13 |
5 (cinco) |
Auxiliar Administrativo |
5120 |
13 |
1 (Uno) |
Auxiliar Administrativo |
5120 |
18 |
1 (Uno) |
Secretario |
5140 |
13 |
1 (Uno) |
Auxiliar de Servicios Generales |
5335 |
11 |
5 (Cinco) |
Enfermero Auxiliar |
5345 |
14 |
ARTÍCULO 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 301 de 1997, Decreto 2319 de 1997, Decretos 557 y 1588 de 1998, Decreto 1652 de 1999 y Decreto 1265 de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Bogotá, D. C., a los 28 días del mes de enero de 2003.
ALVARO URIBE VELEZ
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO,
FERNANDO LONDOÑO HOYOS.
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
ROBERTO JUNGUITO BONNET.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
FERNANDO GRILLO RUBIANO.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 45082. 31, enero, 2003.