Decreto 4659 de 2006 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4659 de 2006

Fecha de Expedición: 27 de diciembre de 2006

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Sistema de Nomenclatura y Clasificación

Adopta la nomenclatura y clasificación de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 4659 DE 2006

 

(Diciembre 27)

 (Derogado por el Art. 15 del Decreto 3441 de 2010)

 

Por el cual se adopta la nomenclatura y clasificación de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Clasificación de los empleos por niveles Según la naturaleza general de sus funciones, las competencias y los requisitos exigidos para su desempeño, los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República se clasifican en los siguientes niveles jerárquicos: 

 

1. Directivo 

 

2. Asesor 

 

3. Profesional. 

 

4. Técnico. 

 

5. Asistencial. 

 

ARTÍCULO 2º. Nivel Directivo. En este nivel se clasifican los empleos a los cuales corresponden funciones de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos, acordes con las instrucciones impartidas por el Presidente de la República. 

 

ARTÍCULO 3º. Nivel Asesor. En este nivel se clasifican los empleos a los cuales corresponden funciones de asistir, aconsejar y asesorar directamente a los empleados públicos de la alta dirección del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. 

 

ARTÍCULO 4º. Nivel Profesional. Agrupa los empleos cuya naturaleza demanda la ejecución y aplicación de los conocimientos propios de una carrera profesional, diferente a la Técnica Profesional o Tecnológica, reconocida por la ley y que según su complejidad y competencias exigidas, les pueda corresponder funciones de coordinación, supervisión y control de áreas internas encargadas de ejecutar los planes, programas y proyectos institucionales. 

 

ARTÍCULO 5º. Nivel Técnico. En este nivel se clasifican los empleos cuyas funciones exigen el desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas misionales y de apoyo, así como las relacionadas con la aplicación de la ciencia y la tecnología. 

 

ARTÍCULO 6º. Nivel Asistencial. Comprende los empleos cuyas funciones implican el ejercicio de actividades de apoyo y complementarias de las tareas propias de los niveles superiores, o de labores que se caracterizan por el predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución. 

 

ARTÍCULO 7°. Nomenclatura y clasificación de los empleos del Nivel Directivo: El nivel directivo está integrado por las siguientes denominaciones de empleos: 

 

Denominación del empleo 

Código 

Presidente de la República 

1000 

Vicepresidente de la República 

1100 

Alto Consejero Presidencial 

1190 

Ministro Consejero de la Presidencia de la República 

1195 

Al Comisionado 

1180 

Secretario Privado del Presidente de la República 

1170 

Director de Departamento Administrativo 

1160 

Consejero del Presidente de la República 

1185 

Secretario de la Presidencia de La República 

1150 

Director de Programa Presidencial 

1140 

Subdirector de Departamento Administrativo 

1130 

Jefe de Oficina 

1120 

Jefe de Área 

1110 

 

ARTÍCULO 8°. Nomenclatura y clasificación de los empleos del Nivel Asesor: El nivel asesor está integrado por las siguientes denominaciones de empleos: 

 

Denominación del empleo 

Código 

Asesor Político del Despacho del Director 

2205 

Asesor 

2210 

 

ARTÍCULO 9°. Nomenclatura y Clasificación de los empleos del Nivel Profesional: El nivel profesional está integrado por las siguientes denominaciones de empleos: 

 

Denominación del empleo 

Código 

Profesional Especializado 

3330 

Profesional 

3320 

 

ARTÍCULO 10. Nomenclatura y clasificación de los empleos del Nivel Técnico: El nivel técnico está integrado por las siguientes denominaciones de empleos: 

 

Denominación del empleo 

Código 

Tecnólogo 

4420 

Técnico 

4410 

 

ARTÍCULO 11. Nomenclatura y clasificación de los empleos del Nivel Asistencial: El nivel asistencial está integrado por las siguientes denominaciones de empleos: 

 

Denominación del empleo 

Código 

Secretario de Despacho 

5550 

Secretario Ejecutivo 

5540 

Secretario 

5530 

Conductor 

5520 

Auxiliar Administrativo 

5510 

 

ARTÍCULO 12. Equivalencias de Empleos. Establécense a partir de la vigencia del presente decreto, las siguientes equivalencias de empleos: 

 

Situación Anterior 

Situación Nueva 

Nivel de Dirección y Asistencia al Presidente 

Nivel Directivo 

Denominación 

Código 

Denominación 

Código 

Presidente de la República 

100 

Presidente de la República 

1000 

Vicepresidente de la República 

102 

Vicepresidente de la República 

1100 

Alto Consejero Presidencial 

110 

Alto Consejero Presidencial 

1190 

Ministro Consejero de la Presidencia de la República 

110 

Ministro Consejero de la Presidencia de la República 

1195 

Alto Comisionado 

110 

Alto Comisionado 

1180 

Secretario de la Presidencia de la República (Secretario Privado) 

140 

Secretario Privado del Presidente de la República 

1170 

Director de Departamento Administrativo 

130 

Director de Departamento Administrativo 

1160 

Consejero del Presidente de la República 

110 

Consejero del Presidente de la República 

1185 

Secretario de la Presidente de República 

140 

Secretario de la Presidente de la República 

1150 

Director de Programa Presidencial 

120 

Director de Programa Presidencial 

1140 

 

Situación Anterior 

Situación Nueva 

Nivel de Dirección y Asistencia al Presidente 

Nivel Directivo 

Denominación 

Código 

Denominación 

Código 

Subdirector de Departamento Administrativo 

150 

Subdirector de Departamento Administrativo 

1130 

Asesor (Planeación, Control interno Disciplinario 

210 

Jefe de Oficina y Control Interno 

1120 

Jefe de Área 

105 

Jefe de Área 

1110 

 

Situación Anterior 

Situación Nueva 

Nivel de Dirección y Asistencia al Presidente 

Nivel Directivo 

Denominación 

Código 

Denominación 

Código 

Asesor Político del Despacho del Director 

205 

Asesor Político del Despacho del Director 

2205 

Asesor 

210 

Asesor 

2210 

 

Situación Anterior 

Situación Nueva 

Nivel de Dirección y Asistencia al Presidente 

Nivel Directivo 

Denominación 

Código 

Denominación 

Código 

Asistente de Coordinación 

305 

Profesional Especializado 

3330 

 

Situación Anterior 

Situación Nueva 

Nivel de Dirección y Asistencia al Presidente 

Nivel Directivo 

Denominación 

Código 

Denominación 

Código 

Profesional 

430 

Profesional 

3320 

 

Situación Anterior 

Situación Nueva 

Nivel de Dirección y Asistencia al Presidente 

Nivel Directivo 

Denominación 

Código 

Denominación 

Código 

Secretario Especializado 

450 

Secretario Ejecutivo 

5540 

 

Situación Anterior 

Situación Nueva 

Nivel de Dirección y Asistencia al Presidente 

Nivel Directivo 

Denominación 

Código 

Denominación 

Código 

Tecnólogo 

540 

Tecnólogo 

4420 

Técnico 

530 

Técnico 

4410 

 

Situación Anterior 

Situación Nueva 

Nivel de Dirección y Asistencia al Presidente 

Nivel Directivo 

Denominación 

Código 

Denominación 

Código 

Secretario Ejecutivo 

520 

Secretario Ejecutivo 

5540 

 

Situación Anterior 

Situación Nueva 

Nivel de Dirección y Asistencia al Presidente 

Nivel Directivo 

Denominación 

Código 

Denominación 

Código 

Secretario 

655 

Secretario 

5530 

Conductor Mecánico 

635 

Conductor 

5520 

Auxiliar Administrativo 

620 

Auxiliar Administrativo 

5510 

Asistente Administrativo 

615 

Asistente Administrativo 

5510 

Asistente Administrativo 

615 

Secretario 

5530 

Auxiliar Administrativo 

620 

Secretario 

5530 

 

ARTÍCULO 13. Código. Para el manejo de la nomenclatura y la clasificación de los empleos, cada uno de ellos se identifica con un código de seis dígitos. El primer dígito señala el nivel al cual pertenece el empleo; los tres siguientes indican la denominación del cargo y los dos últimos corresponden al grado salarial de la respectiva escala. 

 

ARTÍCULO 14. Asignación Básica. El Gobierno Nacional al establecer o modificar la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, señalará el grado salarial de cada empleo, de acuerdo con las escalas de asignación básica establecidas para este organismo. 

 

ARTÍCULO 15. Grupos Internos de Trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República cree grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente. Si actualmente existen grupos de trabajo integrados por menos de cuatro empleados, deberán ajustarse a lo aquí señalado. 

 

ARTÍCULO  16. Vigencias y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1681 de 1991 y demás disposiciones que le sean contrarias. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 27 días del mes de diciembre de 2006.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,

 

BERNARDO MORENO VILLEGAS.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 46494. 27, diciembre, 2006.