Directiva 1 de 2003 Presidencia de la Republica
Fecha de Expedición: 22 de enero de 2003
Fecha de Entrada en Vigencia: 22 de enero de 2003
Medio de Publicación: Diario Oficial 45273 de agosto 8 de 2003
AUSTERIDAD
- Subtema: Gasto Público
Señala que ciertas entidades deberán abstenerse de celebrar contratos de consultoría a menos que la necesidad de los mismos sea indiscutible y esté debidamente comprobada, para alcanzar la estabilización de las finanzas públicas.
GASTO PÚBLICO
- Subtema: Racionalización
Señala que ciertas entidades deberán abstenerse de celebrar contratos de consultoría a menos que la necesidad de los mismos sea indiscutible y esté debidamente comprobada, para alcanzar la estabilización de las finanzas públicas.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01
DE 2003(Enero 22)
Orden sobre contratos de consultoría.
PARA: |
Vicepresidente de la República, Ministros del Despacho, Directores de los Departamentos Administrativos y Directores Gerentes y Presidentes de Entidades Centralizadas y Descentralizadas del orden nacional. |
DE: |
Presidente de la República. |
ASUNTO: |
Orden sobre contratos de consultoría. |
FECHA: |
Bogotá, D. C., a 22 de enero de 2003. |
Ver la Directiva Presidencial 10 de 2002 El Gobierno Nacional está comprometido en estabilizar las finanzas públicas. El logro de este objetivo requiere la austeridad en el gasto público, razón por la cual las entidades destinatarias de la presente Directiva se abstendrán de celebrar contratos de consultoría a menos que la necesidad de los mismos sea indiscutible y esté debidamente comprobada. Lo anterior reitera lo establecido al respecto en la Directiva Presidencial número 10 de agosto de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
Nota: Publicado en el Diario Oficial 45273 de Agosto 8 de 2003.