Decreto 1378 de 2012 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1378 de 2012

Fecha de Expedición: 26 de junio de 2012

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
- Subtema: Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil

Modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

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DECRETO 1378 DE 2012

 

(Junio 26)

 

Por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil – Aerocivil

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil- presentó el estudio técnico de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de empleos, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública; 

 

Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil- para el propósito de modificar su planta de empleos cuenta con concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público; 

 

Que en el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil- en sesión del 22 de febrero de 2012, se aprobó por unanimidad por los Consejeros asistentes, la solicitud de la creación de 35 nuevos controladores; 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.Créanse los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil-, así: 

 

Nº de empleos

 

 

Denominación del empleo

 

 

Nivel

 

 

Grado

 

 

PLANTA GLOBAL

 

 

25 (veinticinco)

 

 

Controlador de Tránsito Aéreo Radar

 

 

26

 

 

25

 

 

10 (diez)

 

 

Controlador de Tránsito Aéreo Instrumentos

 

 

26

 

 

24

 

 

 

ARTÍCULO 2°. El Director General, mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad. 

 

ARTÍCULO 3°.El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 261 de 2004 y las normas que le sean contrarias. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 26 días del mes de junio de 2012.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.

 

EL MINISTRO DE TRANSPORTE,

 

MIGUEL E. PEÑALOZA B.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48473 26 de junio de 2012.