Decreto 2270 de 2017
Fecha de Expedición: 30 de diciembre de 2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
SALARIO MINIMO LEGAL
- Subtema: Fijación
Por el cual se establece el auxilio de transporte
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DECRETO 2270 DE 2017
(Diciembre 30)
Derogado por art. 2 de Decreto 2452 de 2018
Por el cual se establece el auxilio de transporte
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4a de 1992.
DECRETA
ARTÍCULO 1. Auxilio de transporte para 2018. Fijar a partir del primero (1) de enero de dos mil dieciocho (2018), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS ONCE pesos mensuales ($ 88.211,00), que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.
ARTÍCULO 2. Vigencia y derogatoria. El presente Decreto rige a partir del primero (1) de enero del año dos mil dieciocho (2018) y deroga el Decreto 2210 de 2016.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C, a los 30 días del mes de diciembre de 2017
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
GRISELDA JANETH RESTREPO GALLEGO
LA MINISTRA DEL TRABAJO,
GERMAN CARDONA GUTIERREZ
EL MINISTRO DE TRANSPORTE,
Nota: Publicado en el Diario Oficial No. ** del 30 de diciembre de 2017.