Decreto 1679 de 2013 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1679 de 2013

Fecha de Expedición: 02 de agosto de 2013

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE -COLDEPORTES.
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se modifica la integración del Consejo Nacional del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1679 DE 2013

 

(Agosto 2)

 

“Por el cual se modifica la integración del Consejo Nacional del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre COLDEPORTES”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante decreto 4183 de 2011 se transformó el Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES-, establecimiento público del orden nacional en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES, se determinaron su objetivo, estructura y funciones.

 

Que en la mencionada disposición se señaló que se requiere de un organismo rector del más alto nivel que se encargue de fortalecer la política pública del deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre como un elemento transversal generador de convivencia y paz, el cual planificará, dirigirá y coordinará el Sistema Nacional del Deporte, del Deporte Formativo y del Deporte Comunitario.

 

Que el artículo 8 del decreto 4183 de 2011 determinó la integración del Consejo Nacional del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre.

 

Que se hace necesario modificar la integración del mencionado Consejo.

 

Que el artículo 54 de la ley 489 de 1998 señala cuales son los principios y reglas generales con sujeción a las cuales el Gobierno Nacional puede modificar la estructura de los ministerios, departamentos administrativos y demás organismos administrativos del orden nacional, con el objeto de modificar, esto es, variar, transformar o renovar la organización o estructura de los ministerios, departamentos administrativos y demás entidades u organismos administrativos nacionales.

 

ARTÍCULO  1°. Modifica el Artículo 8 del Decreto 4183 de 2011. Modifícase el artículo octavo del decreto 4183 de 2011 el cual quedará así:

 

"ARTÍCULO 8°. Integración del Consejo. El Consejo Nacional del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre estará integrado por seis (6) delegados o representantes del Presidente de la República. El Director del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES, podrá participar en las deliberaciones con voz pero sin voto. El Consejo será presidido por quien determine el Presidente de Ja República y se reunirá por convocatoria que haga su Presidente o el Director del Departamento Administrativo. El Subdirector del Departamento Administrativo ejercerá la secretaría técnica del Consejo."

 

ARTÍCULO 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 8 del decreto 4183 de 2011 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá a los 2 días del mes de Agosto de 2013

 

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

 

MAURICIO CARDENAS SANTAMARIA

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE, COLDEPORTES

 

ANDRES BOTERO PHILLIPSBOURNE

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial ** de *** ** de 2013.