Decreto 530 de 1994 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 530 de 1994

Fecha de Expedición: 08 de marzo de 1994

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

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DECRETO 530 DE 1994

 

(Marzo 08)

 

“Por el cual se reglamentan los artículos 33 de la Ley 60 de 1993 y 242 de la Ley 100 de 1993.”

 

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ENCARGADO DEL PODER EJECUTIVO,

 

En uso de sus facultades constitucionales, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que habiéndose suspendido la fabricación de billetes en la Litografía Nacional, no hay necesidad de mantener el número de empleados que hoy funcionan, 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. ° Desde el 1. ° de Julio próximo venidero en adelante quedarán suprimidos los puestos de Cajero Proveedor, de los Ayudantes de las Secciones de Recibo y Distribución y de las Prensas; 

 

ARTÍCULO 2. ° Adscríbense las funciones de Cajero a la Superintendencia, y las de Proveedor a la Sección de Recibo y Distribución. 

 

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

 

Dado en Bogotá, a los 13 días del mes de Junio de 1904.

 

JOSÉ MANUEL MARROQUÍN

 

EL MINISTRO DE GUERRA, ENCARGADO DEL DESPACHO DEL TESORO,

 

ALFREDO VÁSQUEZ COBO

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 41258. 9 de marzo de 1994.