Circular Externa 100-13 de 2016 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Circular Externa 100-13 de 2016 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 12 de abril de 2016

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

ENERGIA ELECTRICA
- Subtema: Uso Racional y Eficiente

Restablecimiento de las condiciones ordinarias de consumo de energía en los edificios públicos.

ENTIDADES
- Subtema: Medidas de Austeridad

Informa sobre el restablecimiento de las condiciones ordinarias de consumo de energía en los edificios públicos

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

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CIRCULAR EXTERNA No. 100-13-2016

 

PARA:

 

SECRETARIOS GENERALES DE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL SECTOR CENTRAL Y DESCENTRALIZADO DE LA RAMA EJECUTIVA DEL NIVEL NACIONAL.

 

DE:

DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.

 

ASUNTO:

 

RESTABLECIMIENTO DE LAS CONDICIONES ORDINARIAS DE CONSUMO DE ENERGÍA EN LOS EDIFICIOS PÚBLICOS.

 

FECHA:

12 DE ABRIL DE 2016

 

Como lo informó al país el Señor Presidente de la República en días pasados, gracias al ahorro de energía alcanzado por los colombianos durante estas últimas semanas, agregado a otras acciones adoptadas dentro de la campaña "APAGAR PAGA", se logró superar la meta propuesta para evitar los cortes programados.

 

Por lo tanto, encontrándose restablecidas las condiciones para el consumo ordinario de energía, me permito comunicarles que la restricción institucional para que en los edificios públicos se apagaran sus luces a partir de las seis de la tarde (6:00 p.m.) ha sido levantada.

 

Agradecemos al personal de las entidades destinatarias de la presente circular el apoyo brindado en el logro del citado objetivo y, a la vez, los invitamos a continuar conservando niveles adecuados de consumo de energía.

 

Cordialmente.

 

LIANA CABALLERO DURÁN

 

Directora

 

JFCA

 

DIRECCION GENERAL

 

Asunto:

RV: Orden Presidencial - Horario de Operación de Entidades Públicas

 

Nos permitimos informarles que, por orden del Presidente de la República y en desarrollo de las Directivas Presidenciales 02 de 2015 y 01 de 2016 deben cumplirse, de manera inmediata, los siguientes mandatos:

 

1. La jornada laboral ordinaria deberá cumplirse en horarios · de trabajo comprendidos entre las 6.00 a.m. y las 6:00 p.m., hora en la cual deberán ser apagadas las luces de todas las oficinas.

 

2. Debe restringirse la autorización de la jornada laboral los fines de semana y días festivos.

 

Se exceptúan de las anteriores restricciones las entidades que prestan sus servicios en jornadas por turnos o que deban garantizar la prestación del servicio de manera ininterrumpida.

 

Dirección General

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40 80 Ext. 195

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