Circular Externa 100-10 de 2016 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Circular Externa 100-10 de 2016 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 11 de marzo de 2016

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Subtema: Acuerdos Laborales

Informa sobre la no regresividad en los derechos adquiridos como resultado de los acuerdos colectivos

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

gloria jimenez gloria jimenez 2 1 2016-09-23T23:58:00Z 2016-09-23T23:58:00Z 1 152 842 Hewlett-Packard Company 7 1 993 14.00 Clean Clean false 21 false false false ES-CO X-NONE X-NONE /* Style Definitions */ table.MsoNormalTable {mso-style-name:"Tabla normal"; mso-tstyle-rowband-size:0; mso-tstyle-colband-size:0; mso-style-noshow:yes; mso-style-priority:99; mso-style-parent:""; mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt; mso-para-margin:0cm; mso-para-margin-bottom:.0001pt; mso-pagination:widow-orphan; font-size:10.0pt; font-family:"Calibri","sans-serif"; mso-bidi-font-family:"Times New Roman";} table.MsoTableGrid {mso-style-name:"Tabla con cuadrícula"; mso-tstyle-rowband-size:0; mso-tstyle-colband-size:0; mso-style-priority:59; mso-style-unhide:no; border:solid windowtext 1.0pt; mso-border-alt:solid windowtext .5pt; mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt; mso-border-insideh:.5pt solid windowtext; mso-border-insidev:.5pt solid windowtext; mso-para-margin:0cm; mso-para-margin-bottom:.0001pt; mso-pagination:widow-orphan; font-size:10.0pt; font-family:"Calibri","sans-serif"; mso-bidi-font-family:"Times New Roman";}

CIRCULAR EXTERNA No. 100-10-2016

 

PARA:

 

REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL SECTOR CENTRAL Y DESCENTRALIZADO DE LA RAMA EJECUTIVA DE LOS NIVELES NACIONAL Y TERRITORIAL

 

ASUNTO:

 

NO REGRESIVIDAD EN LOS DERECHOS ADQUIRIDOS COMO RESULTADO DE LOS ACUERDOS COLECTIVOS

 

FECHA:

11 DE MARZO DE 2016.

 

En virtud del principio de no regresividad en materia laboral, las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, respetarán los derechos adquiridos por los empleados públicos como resultado de los acuerdos colectivos suscritos entre las organizaciones sindicales y la Administración Pública y los reconocidos en actos administrativos expedidos de conformidad con la Constitución y la ley.

 

La presente Circular se expide como resultado del Acuerdo Único Nacional suscrito el 11 de mayo de 2015 entre el Gobierno Nacional y las organizaciones sindicales de empleados públicos.

 

Cordialmente,

 

LILIANA CABALLERO DURÁN

 

Directora

 

JFCA/CPHL