Decreto 25 de 1957 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 25 de 1957

Fecha de Expedición: 08 de febrero de 1957

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

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DECRETO 25 DE 1957

 

(Febrero 08)

 

“Por el cual se adiciona y reforma el Decreto 2373 de 18 de Septiembre de 1956.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

 

CONSIDERANDO

 

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Las personas que, al llenar los requisitos exigidos para ser inscritas como Contadores Juramentados, hayan ejercido la profesión de Contador durante los cuatro años anteriores a la fecha de expedición del Decreto número 2373 de 18 de septiembre de 1956, en entidades oficiales o en organismos comerciales o industriales de toda índole, debidamente inscritas en las Cámaras de Comercio, y aunque no tengan el título universitario, tendrán derecho a ser inscritas como Contadores Públicos sin necesidad de presentar los exámenes de que trata el Parágrafo del artículo 11 del Decreto citado anteriormente. 

 

ARTÍCULO  2º. En los términos del presente Decreto queda adicionado el artículo 11 del Decreto número 2373 de 18 de septiembre de 1956, y modificado el Ordinal del artículo 12 del mismo Decreto. 

 

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

 

Dado en Bogotá, a los 8 días del mes de febrero de 1957.

 

GENERAL JEFE SUPREMO GUSTAVO ROJAS PINILLA,

 

PRESIDENTE DE COLOMBIA.

 

EL MINISTERIO DE GOBIERNO,

 

JOSÉ ENRIQUE ARBOLEDA VALENCIA.

 

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

 

JOSÉ MANUEL RIVAS SACCONI.

 

EL MINISTERIO DE JUSTICIA,

 

LUIS CARLOS GIRALDO.

 

EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

LUIS MORALES GÓMEZ.

 

EL MINISTERIO DE GUERRA,

 

MAYOR GENERAL GABRIEL PARÍS.

 

EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,

 

JESÚS MARÍA ARIAS.

 

EL MINISTERIO DEL TRABAJO,

 

CARLOS ARTURO TORRES POVEDA.

 

EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA,

 

CARLOS MÁRQUEZ VILLEGAS.

 

EL MINISTERIO DE FOMENTO,

 

TENIENTE CORONEL MARIANO OSPINA NAVIA.

 

EL MINISTERIO DE MINAS Y PETRÓLEOS,

 

FRANCISCO PUYANA MENÉNDEZ.

 

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL,

 

JOSEFINA VALENCIA DE HUBACH.

 

EL MINISTERIO DE COMUNICACIONES,

 

MAYOR GENERAL PEDRO A. MUÑOZ.

 

EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS,

 

CONTRAALMIRANTE RUBÉN PIEDRAHITA.

 

NOTAS: Publicado en el Diario Oficial. N. 29295. 25 de febrero de 1957.