Circular Externa 100-07 de 2016 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 01 de marzo de 2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
DECLARACIÓN JURAMENTADA DE BIENES Y RENTAS
- Subtema: Actualización
Señala que los servidores públicos están en la obligación de actualizar la declaración de bienes y rentas a más tardar el último día del mes de marzo de cada anualidad, y registrarla en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público
DECLARACIÓN JURAMENTADA DE BIENES Y RENTAS
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
CIRCULAR EXTERNA 100-07 DE 2016
PARA: SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS DEL ESTADO.
ASUNTO: ACTUALIZACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE BIENEES Y RENTAS EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO.
FECHA: MARZO 01 DE 2016
Los servidores públicos deben actualizar la declaración de bienes y rentas a más tardar el último día del mes de marzo de cada anualidad1 y registrarla en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público – SIGEP.
Para el efecto, se pone a disposición un instructivo que puede consultarse en la página web www.funcionpublica.gov.co/eva o en la dirección www.sigep.gov.co – sección “instructivos y Formatos”.
Para facilitar la actualización de las declaraciones de bienes y rentas en el SIGEP, se solicita a los servidores públicos que la realicen en las siguientes fechas:
Fechas |
Sectores administrativos y organismos autónomos y de control |
1 – 6 de Marzo |
Ciencia y tecnología |
Deporte |
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Vivienda Ciudad y Territorio |
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Cultura |
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Función Pública |
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Tecnologías de la Información y Comunicaciones |
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Planeación |
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1 – 6 de Marzo |
Interior |
Minas y Energía |
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Educación |
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Ambiente y Desarrollo Sostenible |
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Presidencia de la República |
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Comercio, Industria y Turismo |
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Estadísticas |
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Relaciones Exteriores |
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Trabajo |
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7 – 13 de marzo |
Justicia y del Derecho |
Defensa Nacional |
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14 – 20 de marzo |
Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural |
Hacienda y Crédito Público |
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Organismos de Control, autónomos y Organización Electoral |
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21 – 31 de marzo |
Salud y Protección Social |
Transporte |
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Inclusión Social y Reconciliación |
Los servidores públicos vinculados a las entidades del orden territorial podrán efectuar la actualización a partir de la fecha de expedición de la presente Circular y hasta el 31 de marzo del presente año.
Los servidores públicos que se encuentren vinculados a entidades que no estén gestionando su información en el SIGEP. Deberán diligenciar en físico el formato que se encuentra publicado en la página web www.funcionpublica.gov.co/eva o www.funcionpublica.gov.co (sección servicio al ciudadano, enlace formatos Función Pública) y entregarlo a la unidad de personal de la entidad.
Corresponde a los jefes de las unidades de personal o de quienes hagan sus veces, verificar que los servidores públicos cumplan con este deber constitucional y legal.
LILIANA CABALLERO DURÁN
Directora
NOTAS DE PIE DE PÁGINA
1. Artículo 2.2.16.4 del Título 16 del Decreto 1083 de 2015.
Proyecto: Andrés Felipe González
Revisó: Claudia Patricia Hernández León/ Francisco Camargo Salas/ Monica Liliana Herrera.
100.8.1