Ley 1362 de 2009 - Gestor Normativo - Función Pública

Ley 1362 de 2009

Fecha de Expedición: 03 de diciembre de 2009

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA. UPME. -UAE.
- Subtema: Estructura Orgánica

Por la cual se crea el Consejo Directivo como Organo de Dirección en la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

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LEY 1362 DE 2009

 

(Diciembre 3)

 

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

 

“Por la cual se crea el Consejo Directivo como Órgano de Dirección en la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME.”

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Crear dentro de la estructura orgánica de la Unidad de Planeación Minero Energética, un Consejo Directivo conformado así:

 

- El Ministro de Minas y Energía o el Viceministro, quien lo preside.

 

- El Director de la entidad encargada del Despacho de Energía.

 

- El Director de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH.

 

- Dos personas de reconocida idoneidad conocedores del sector de Hidrocarburos o con amplios conocimientos financieros nombrados por el Ministro de Minas y Energía, por periodo de dos (2) años reelegible por una (1) sola vez por el mismo periodo de acuerdo al buen desempeño de sus labores, de terna presentada por tres (3) gremios del sector minero energético.

 

ARTÍCULO 2°. REGLAMENTACIÓN. El Gobierno Nacional reglamentará su funcionamiento y alcance de sus funciones en término de seis (6) meses, contados a partir de la promulgación de la ley.

 

ARTÍCULO 3°. VIGENCIA. La presente ley rige a partir de su promulgación.

 

EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA,

 

JAVIER CÁCERES LEAL.

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA,

 

EMILIO OTERO DAJUD.

 

EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES,

 

EDGAR ALFONSO GÓMEZ ROMÁN.

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES,

 

JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO.

 

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 3 días del mes de diciembre de 2009.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

 

EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,

 

HERNÁN MARTÍNEZ TORRES.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

 

Nota: publicado en el Diario Oficial no. 47.552 de 3 de Diciembre de 2009