Decreto 2237 de 2015
Fecha de Expedición: 24 de noviembre de 2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
SECTOR EDUCACIÓN
- Subtema: Decreto Único Reglametario
Se reconoce el día del directivo docente y se adiciona el Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 2237 DE 2015
(Noviembre 24)
"Por el cual se reconoce el día del directivo docente y se adiciona el Decreto 1075 de 2015 – Único Reglamentario del Sector Educación"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y en desarrollo de los artículos 36 literal d) del Decreto ley 2277 de 1979 y 49 inciso 2 del Decreto ley 1278 de 2002 y,
CONSIDERANDO
Que como resultado del proceso previsto en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 4 del Decreto 1072 de 2015, adelantado por el Ministerio de Educación Nacional con la Unión Sindical de Directivos Docentes de Colombia-USDIDOC y el Sindicato de Docentes Directivos de Colombia-SINDODIC, se hace necesario reglamentar la celebración del día del directivo docente, sin que este interrumpa la prestación del servicio educativo
Que el día 5 de octubre se conmemora el Día Mundial de los Docentes establecido por la UNESCO.
Que en conmemoración del Día Mundial de los Docentes, se considera importante que en todo el territorio colombiano se reconozca el 5 de octubre de cada año, como el día del directivo docente, para reconocer la valiosa labor que cumplen estos educadores.
Por lo anteriormente expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO 1. Adición del Decreto 1075 de 2015. Adiciónese el artículo 2.3.8.1.3 al Decreto 1075 de 2015, en su Capítulo 1, Título 8, Parte 3 del Libro 2, el cual quedará así:
"ARTÍCULO 2.3.8.1.3. Reconocimiento del día del directivo docente. Reconózcase el 5 de octubre de cada año, como el día del directivo docente.
PARÁGRAFO. Los actos conmemorativos del día del directivo docente se realizarán en la fecha indicada en el presente artículo, no generarán la desescolarización de los estudiantes y, en todo caso, se garantizará la prestación del servicio educativo".
ARTÍCULO 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de noviembre del año 2015
GINA PARODY D’ECHEONA,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,
NOTA: Publicado en el Diario Oficial ** de *** ** de 2015.