Directiva 1 de 2015 Presidencia de la Republica - Gestor Normativo - Función Pública

Directiva 1 de 2015 Presidencia de la Republica

Fecha de Expedición: 18 de febrero de 2015

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

GESTION PUBLICA
- Subtema: Vigilancia

Reporte a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República de posibles actos de corrupción o irregularidades.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

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DIRECTIVA PRESIDENCIAL No. 01 DE 2015

 

(Febrero 18)

 

PARA: Jefes de la Unidad de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, en las Entidades Estatales de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional.

 

DE: Presidente de la República.

 

ASUNTO: Reporte a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República de Posibles actos de corrupción o irregularidades.

 

FECHA: 18 de febrero de 2015

 

Los servidores públicos destinatarios de la presente Directiva deberán reportar a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República los delitos contra la administración pública y los actos de corrupción que presuntamente se hayan cometido en la entidad, los que se hayan detectado o de los cuales se tenga conocimiento, con el fin de mejorar la gestión pública, asegurar la transparencia del manejo de la cosa pública y proteger el erario.

 

Para tal efecto, deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

1. El reporte se debe presentar en el momento en que se evidencie el posible delito contra la administración pública o acto de corrupción.

 

2. El reporte se presentará por escrito y será remitido por medios electrónicos, siguiendo los formatos y parámetros que para este efecto establezca la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República.

 

3. El reporte de que trata la presente directiva no exime a los Jefes de la Unidad de la Oficina de Control Interno, o quien haga sus veces, de la obligación establecida en los artículo 67 de la ley 906 de 2004 y 9 de la ley 1474 de 2011.

 

Los aspectos relativos a los reportes realizados por los servidores públicos destinatarios de la presente Directiva serán coordinados por la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República.

 

REPORTE DE ACTO DE CORRUPCIÓN O IRREGULARIDAD ADMINISTRATIVA

 

DATOS BÁSICOS

Reportado por:

Cargo:

Entidad:

Fecha del reporte (dd-mm-aaaa):

 

Dependencia en donde sucedieron los hechos y cargo de responsable:

 

Nombre (s) e identificación (si aplica) de las personas involucradas:

 

Fecha o período de ocurrencia de los hechos:

 

Descripción de los hechos:

 

Evidencia de los hechos:

 

Fuente:1

 

 

Presunto acto de corrupción o Irregularidad:

 

(marque con una x)

 

Incumplimiento de L. de Transparencia

Peculado

 

Anomalías contables

Fraude procesal

 

Deficiencias en la planeación

 

Celebración indebida de contratos

Infracción a Plan de Austeridad

 

Falta de estudios previos

Mal uso de recursos públicos

 

Tráfico influencias

Participación en política

 

Conflicto de interés

Encubrimiento de acto corrupto o irregular

 

Enriquecimiento ilícito

Acoso laboral

 

Cohecho

Infracción de Código Disciplinario

 

Concusión

Incumplimiento de rendición de cuentas

 

Uso de información confidencial

Incumplimiento de MECI y Sistema de Gestión de Calidad

 

 

Prevaricato

Incumplimiento de Pian de Inversiones

 

Abuso de autoridad

incumplimiento de Plan de Mejoramiento

 

No adelantar las investigaciones disciplinarías

Incumplir los planes de auditoria

 

Otros

 

Clase de presunto acto de corrupción o irregularidad:

Penal

Disciplinaria

Fiscal

Otro

Acciones emprendidas por la entidad y observaciones:

 

 

REPORTE A ORGANISMOS DE CONTROL

 

Organismo al que se dio traslado:

 

Fiscalía General de la Nación Contraloría General de la República

Procuraduría General de la Nación í

Control Disciplinario Interno

Dependencia que investiga al interior del Organismo:

 

Fecha del reporte:

 

No. dé oficio remisorio:

 

Despacho al que se le remitió:

 

No. Radicación:

 

 

Firma Jefe Oficina de Control Interno o quien haga sus veces: