Decreto 284 de 2014 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 284 de 2014

Fecha de Expedición: 12 de febrero de 2014

Fecha de Entrada en Vigencia: 12 de febrero de 2014

Medio de Publicación: Diario Oficial 49062 de febrero 12 de 2014

MINISTERIO DE CULTURA
- Subtema: Distribución de Recursos

En la asignación de los recursos correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa de la Participación de Propósito General para la vigencia fiscal 2014, el Conpes Social podrá incluir una compensación con el fin de garantizar los recursos asignados en el año 2013 a los sectores de deporte y recreación y cultura. Estos recursos se distribuirán entre las entidades beneficiarias de la Participación de Propósito General, asignándoles un monto adicional que compense la diferencia.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 284 DE 2014

(Febrero 12)

Por el cual se modifica el Decreto 924 de 2008.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la conferida en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el parágrafo transitorio del artículo 79 de la Ley 715 de 2001, adicionado por el artículo 23 de la Ley 1176 de 2007, el Conpes Social podrá determinar la transición para la aplicación plena de las fórmulas de distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa de la Participación de Propósito General.

Que se hace necesario garantizar a las entidades beneficiarias de la Participación de Propósito General, para la vigencia 2014, los recursos asignados en el año 2013 a los sectores de deporte y recreación y cultura.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo  1°. El artículo del Decreto 924 de 2008 quedará así:

Artículo 1°. Transición en la distribución de los recursos de la Participación de Propósito General correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa. En la asignación de los recursos correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa de la Participación de Propósito General para la vigencia fiscal 2014, el Conpes Social podrá incluir una compensación con el fin de garantizar los recursos asignados en el año 2013 a los sectores de deporte y recreación y cultura. Estos recursos se distribuirán entre las entidades beneficiarias de la Participación de Propósito General, asignándoles un monto adicional que compense la diferencia.

Los recursos asignados de esta manera serán destinados por los beneficiarios exclusivamente a los sectores de deporte y recreación y cultura”.

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de febrero de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

La Directora del Departamento Nacional de Planeación,

TATIANA OROZCO DE LA CRUZ.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 49062 de febrero 12 de 2014