Decreto 21 de 2009
Fecha de Expedición: 08 de enero de 2009
Fecha de Entrada en Vigencia: 08 de enero de 2009
Medio de Publicación: Diario Oficial 47226 de enero 8 de 2009
CONMOCIÓN INTERIOR
- Subtema: Declaración
Levanta a partir del 8 de enero de 2009 el Estado de Conmoción Interior declarado por Decreto 3929 de 2008.
ESTADOS DE EXCEPCIÓN
- Subtema: Conmoción Interior
Levanta a partir del 8 de enero de 2009 el Estado de Conmoción Interior declarado por Decreto 3929 de 2008.
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DECRETO 021 DE 2009
(Enero 08)
Declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-176 de 2009
Por el cual se levanta el Estado de Conmoción Interior
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 213 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 3929 de octubre 9 de 2008, se declaró el Estado de Conmoción Interior en todo el Territorio Nacional a partir de la vigencia de dicho decreto.
Que las medidas adoptadas contribuyeron a conjurar las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Conmoción Interior.
Que de conformidad con el artículo 213 de la Constitución Política los decretos legislativos que dicte el Gobierno dejan de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público.
DECRETA:
Artículo 1°. A partir del día 8 de enero de 2009, levántase el Estado de Conmoción declarado por Decreto 3929 de 2008.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C., a los 8 días del mes de enero de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio
La Viceministra de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,
Clemencia Forero Ucros
El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Pablo Zárate
El Ministro de Defensa Nacional,
Juan Manuel Santos Calderón
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Andrés Felipe Arias Leyva
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacios Betancourt
El Ministro de Minas y Energía,
Hernán Martínez Torres
El Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Oscar Rueda García
La Ministra de Educación Nacional,
Cecilia Vélez White
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
Juan Lozano Ramírez
La Ministra de Comunicaciones,
María del Rosario Guerra de la Espriella
El Ministro de Transporte,
Andrés Uriel Gallego Henao
La Ministra de Cultura,
Paula Marcela Moreno Zapata
NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47.226 de enero 8 de 2009.