Decreto 2488 de 2006 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2488 de 2006

Fecha de Expedición: 25 de julio de 2006

Fecha de Entrada en Vigencia: 25 de julio de 2006

Medio de Publicación: Diario Oficial 46240 de julio 25 de 2006

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2488 DE 2006

(julio 25)

Modificado por el art. 22, Decreto Nacional 600 de 2007 

por el cual se modifica el Decreto 372 de 2006 y se dictan disposiciones en materia salarial

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónase la escala salarial del nivel directivo establecida en el Decreto 372 de 2006, así:

Grado salarial

Asignación básica

26

6.704.632

27

7.037.040

28

7.429.127

Artículo 2°. Modifíquese la escala salarial del nivel profesional establecida en el Decreto 372 de 2006, la cual quedará así:

Grado salarial

Asignación básica

01

1.001.490

02

1.107.020

03

1.156.972

04

1.218.270

05

1.288.696

06

1.333.573

07

1.399.590

08

1.469.177

09

1.532.421

10

1.584.710

11

1.651.429

12

1.752.080

13

1.898.303

14

2.031.451

15

2.245.981

16

2.421.486

17

2.546.972

18

2.742.960

19

2.950.477

20

3.176.118

21

3.385.218

22

3.640.909

23

3.847.051

24

4.148.401

Artículo 3°. Para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 2° establécese la siguiente equivalencia.

Situación anterior

Situación nueva

Nivel profesional

Nivel profesional

Grado salarial

Grado salarial

01 al 04

01

05

02

06

03

07

04

08

05

09

06

10

07

11

08

12

09

13

10

14

11

15

12

16

13

17

14

18

15

19

16

20

17

21

18

22

19

23

20

24

21

25

22

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 372 de 2006 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46240 de julio 25 de 2006.