Decreto 4644 de 2005 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4644 de 2005

Fecha de Expedición: 19 de diciembre de 2005

Fecha de Entrada en Vigencia: 22 de diciembre de 2005

Medio de Publicación: Diario Oficial 46130 de diciembre 22 de 2005

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
- Subtema: Modifica

"Se modifica el Art. 27 del Decreto 2200 de 2005, respecto el servicio farmacéutico"

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 4644 DE 2005

(diciembre 19)

por el cual se modifica el artículo 27 del Decreto 2200 de 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 de artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 23 de 1962 y demás normas que la desarrollan o modifican, el numeral 42.3 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y el literal c) del artículo 154 de la Ley 100 de 1993.

DECRETA:

Artículo 1°.

Modificase el artículo 27 del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así:

"Artículo 27. Transitorio. Las entidades, establecimientos farmacéuticos y personas a las cuales se les aplica el presente decreto contarán con doce (12) meses, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto para adecuarse a las disposiciones contenidas en esta norma".

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ.

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Betancourt

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46130 de diciembre 22 de 2005.