Decreto 2925 de 2005 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2925 de 2005

Fecha de Expedición: 25 de agosto de 2005

Fecha de Entrada en Vigencia: 26 de agosto de 2005

Medio de Publicación: Diario Oficial 46012 de agosto 26 de 2005

MINISTERIO DE COMUNICACIONES
- Subtema: Reglamentación

Adiciona el Decreto 1972 del 2003, en relación al régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones y los trámites para su liquidación, cobro, recaudo y pago

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DECRETO 2925 DE 2005

(agosto 25)

por el cual se adiciona el Decreto 1972 del 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto-ley 1900 de 1990,

DECRETA:

Artículo 1°. Tabla de valores de N. Adiciónese a las excepciones para la Tabla número 1 del artículo 33.1 del Decreto 1972 de 2003, la siguiente:

CONDICIONES PARA LA EXCEPCION N

Aplica para la banda de frecuencias radioeléctricas entre 3 400 MHz a 3 600 MHz para sistemas de distribución punto a punto y punto multipunto para Acceso de Banda Ancha Inalámbrica. 270

Artículo 2º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de agosto de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Comunicaciones,

Martha Elena Pinto de de Hart.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46012 de agosto 26 de 2005.