Decreto 2925 de 2005
Fecha de Expedición: 25 de agosto de 2005
Fecha de Entrada en Vigencia: 26 de agosto de 2005
Medio de Publicación: Diario Oficial 46012 de agosto 26 de 2005
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
- Subtema: Reglamentación
Adiciona el Decreto 1972 del 2003, en relación al régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones y los trámites para su liquidación, cobro, recaudo y pago
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DECRETO 2925 DE 2005
(agosto 25)
por el cual se adiciona el Decreto 1972 del 2003.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto-ley 1900 de 1990,
DECRETA:
Artículo 1°.
Tabla de valores de N. Adiciónese a las excepciones para la Tabla número 1 del artículo 33.1 del Decreto 1972 de 2003, la siguiente:CONDICIONES PARA LA EXCEPCION N
Aplica para la banda de frecuencias radioeléctricas entre 3 400 MHz a 3 600 MHz para sistemas de distribución punto a punto y punto multipunto para Acceso de Banda Ancha Inalámbrica. 270
Artículo 2º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de agosto de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Comunicaciones,
Martha Elena Pinto de de Hart.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46012 de agosto 26 de 2005.