Ley 2110 de 2021
Fecha de Expedición: 29 de julio de 2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
RECLUTAMIENTO ILICITO
- Subtema: Modificación al Código Penal sobre reclutamiento ilícito
Se modifica el artículo 162 de la Ley 599 de 2000, sobre reclutamiento ilícito
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LEY 2110 DE 2021
(Julio 29)
"POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 162 DE LA LEY 599 DE 2000"
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Modifíquese el artículo 162 de la Ley 599 de 2000, el cual quedará así:
ARTÍCULO 162. Reclutamiento ilícito. El que, con ocasión y en desarrollo de conflicto armado, reclute menores de dieciocho (18) años, los utilice o los obligue a participar directa o indirectamente en las hostilidades, o en acciones armadas, incurrirá en prisión de ciento cincuenta y seis (156), a doscientos setenta y seis (276) meses y en multa de (800) ochocientos a (1.500) mil quinientos salarios mínimos mensuales legales vigentes.
ARTÍCULO 2°. Vigencia. Esta norma entrará a regir desde el momento de su promulgación.
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
ARTURO CHAR CHALJUB
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
GREGORIO ELJACH PACHECO
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
GERMÁN ALCIDES BLANCO ÁLVAREZ
EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
PÚBLIQUES Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de julio de 2021
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
WILSON RUIZ OREJUELA
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL – DPS,
SUSANA CORREA BORRERO