Concepto 531201 de 2020 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 28 de octubre de 2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
AUSTERIDAD DEL GASTO
- Subtema: Planes de Bienestar
El Decreto 1009 de 2020, rige para las entidades u organismos públicos del nivel nacional, no modifica aspectos aspectos regulados poe el decreto ley 1567 de 1998 relacionados con los planes de bienestar
AUSTERIDAD DEL GASTO
*20206000531201*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000531201
Fecha: 28/10/2020 01:44:30 p.m.
Bogotá D.C.
REF.- AUSTERIDAD EN EL GASTO. Ámbito de aplicación. Ámbito de aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto 1009 de 2020. RAD.: 2020-206-048505-2 de fecha 5 de octubre de 2020.
En atención al escrito de la referencia, mediante el cual consulta por el ámbito de aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto 1009 de 2020 y si se ha emitido alguna disposición en materia de bienestar social e incentivos para las entidades del nivel territorial, me permito indicar lo siguiente:
Respecto del ámbito de aplicación del Decreto 1009 de 2020 “Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto”, la citada norma determina lo siguiente:
“ARTICULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente decreto tiene por objeto establecer el Plan de Austeridad del Gasto que regirá para las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación durante la vigencia 2020.”
De acuerdo con lo anterior, el citado decreto rige para las entidades u organismos públicos del nivel nacional.
De otra parte, y una vez revisada la normativa expedida por el Gobierno Nacional, no se evidencia una que modifique las condiciones que regulan los programas de bienestar social o incentivos previstos en el sistema nacional de estímulos de los servidores públicos previstos en el Decreto Ley 1567 de 1998.
Para mayor información respecto de las normas de administración de los empleados del sector público, las inhabilidades e incompatibilidades aplicables a los mismos; así como la normatividad que ha emitido el Gobierno Nacional a propósito de la emergencia ocasionada por el covid – 19, me permito indicar que en el link http://www.funcionpublica.gov.co/eva/es/gestor-normativo y https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html podrá encontrar conceptos y normativa relacionados con el tema.
El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyectó. Harold Herreño
Revisó: José Fernando Ceballos
Aprobó: Armando López Cortes
11602.8.4