Ley 924 de 2004 - Gestor Normativo - Función Pública

Ley 924 de 2004

Fecha de Expedición: 30 de diciembre de 2004

Fecha de Entrada en Vigencia: 30 de diciembre de 2004

Medio de Publicación: Diario Oficial 45777 de diciembre 30 de 2004

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
- Subtema: Definición Situación Militar

Se restablece por 1 año los términos y las condiciones fijadas en la Ley 694 de 2001, facilitando la definición de la situación militar de los mayores de 28 años de los estratos 1 y 2. 

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

LEY 924 DE 2004

(diciembre 30)

por la cual se restablecen los términos fijados en la Ley 694 de 2001.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Restablézcase por 1 año los términos y las condiciones fijadas en la Ley 694 de 2001 para facilitar la definición de la situación militar de los mayores de 28 años de los estratos 1 y 2.

Ver la Ley 1243 de 2008

Artículo 2°. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Luis Humberto Gómez Gallo.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Emilio Ramón Otero Dajud.

La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes,

Zulema Jattin Corrales.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Angelino Lizcano Rivera.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Defensa Nacional,

Jorge Alberto Uribe Echavarría

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 45777 de diciembre 30 de 2004.