Circular 01 de 2020 Presidencia de la Republica - Gestor Normativo - Función Pública

Circular 01 de 2020 Presidencia de la Republica

Fecha de Expedición: 09 de octubre de 2020

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL
- Subtema: Agenda Regulatoria

Lineamientos agenda regulatoria para el año 2021

CIRCULAR No. 01 de 2020

 

(Octubre 9)

 

PARA:         VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

DIRECTOR DEL DAPRE

 

JEFE DE GABINETE CONSEJEROS PRESIDENCIALES

 

ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ

 

SECRETARIOS DE DESPACHO

 

DE:               CLARA MARÍA GONZÁLEZ ZABALA

 

SECRETARIA JURÍDICA

 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

 

ASUNTO:     AGENDA REGULATORIA PARA EL AÑO 2021

 

FECHA:        9 OCT 2020

 

Apreciados(as) doctores(as):

 

Con el comedimiento que me es usual me permito informar que de conformidad con el artículo 2.1.2.1.20 del Decreto 1081 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República", el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República tiene el deber de publicar en la sección normativa de su sitio web, o en aquella que haga sus veces, y en cualquier otro medio de que disponga para el efecto, a más tardar el 31 de octubre de 2020, un proyecto de Agenda Regulatoria con la lista de los proyectos específicos de regulación que previsiblemente deban expedirse en el sector administrativo de la Presidencia de la República durante el año 2021.

 

Así mismo, establece el Decreto precitado que una vez publicado el proyecto de Agenda Regulatoria, se deberán valorar los comentarios que durante el mes siguiente reciba de los ciudadanos y grupos de interés y proceder a la publicación de la Agenda Regulatoria, a más tardar el 31 de diciembre de 2020, la cual deberá permanecer visible durante todo el año 2021 en el sitio web del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, junto con sus modificaciones.

 

Por lo anterior, me permito solicitar su colaboración con el fin que nos remitan la información pertinente que permita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República elaborar su respectiva Agenda Regulatoria en los términos del artículo 2.1.2.1.20 del Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015.

 

Para tales efectos es necesario que nos remitan la siguiente información, a más tardar el próximo 20 de octubre de 2020:

 

1. La lista de los proyectos específicos de regulación que previsiblemente tramitará la respectiva dependencia durante el año 2021.

 

2. El cargo y funcionario responsable de cada proyecto específico de regulación que propone la dependencia.

 

3. Dirección electrónica a la cual deberán dirigirse los comentarios, sugerencias y propuestas que realice la ciudadanía y grupos de interés.

 

ANEXOS

 

1. Copia simple de la Resolución No. 371 del 23 de septiembre de 2020 "Por medio de la cual se adoptan los formatos de agenda regulatoria, memoria justificativa e informe global de Observaciones, que deben adoptar las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional", expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, en dos (2) folios.

 

2. Formato de Agenda Regulatoria para que sea diligenciado por cada una de las dependencias.

 

CLARA MARÍA GONZÁLEZ ZABALA

 

SECRETARIA JURÍDICA

 

Elaboro: Dr. Rubén Darío Calderón Jaramillo.

 

Anexos: Los anunciados.

 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

RESOLUCIÓN 371 DE 2020

 

(Septiembre 23)

 

Por medio de la cual se adoptan los formatos de agenda regulatoria, memoria justificativa e informe global de observaciones, que deben adoptar las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto 1273 de 2020, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto 1273 del 18 de septiembre de 2020 modificó el Decreto 1081 de 2015, Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República, con el fin de precisar varios aspectos relacionados con las directrices generales de técnica normativa y de los formatos para: i) publicar los antecedentes de las normas que se van a expedir, ii) dejar evidencia del proceso de participación de los ciudadanos en la construcción de las normas y, iii) publicar la agenda regulatoria.

 

Que los artículos 2.1.2.1.6, 2.1.2.1.14 y 2.1.2.1.20 del Decreto 1081 de 2015, Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República, modificados por el Decreto 1273 del 18 de septiembre de 2020, facultan al Departamento Administrativo de la Función Pública, para elaborar y adoptar los formatos de agenda regulatoria, memoria justificativa e informe global de observaciones, que las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional deben utilizar en el trámite de los proyectos de decreto o resolución que generen para la firma del presidente de la República.

 

Que mediante la presente Resolución se adoptan los citados formatos.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Adopción de los formatos de agenda regulatoria, memoria justificativa e informe global de observaciones. Adoptar los formatos para la publicación de: i) agenda regulatoria, ii) memoria justificativa e, ii) informe global de observaciones, los cuales hacen parte integral de la presente resolución, en el marco de lo previsto en el Decreto 1081 de 2015, Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República.

 

Los formatos que se adoptan en la presente resolución los deben utilizar las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional en el trámite de los proyectos de decreto o resolución que generen sus respectivas entidades, para la firma del presidente de la República.

 

ARTÍCULO 2. Publicación. La Oficina Asesora de Comunicaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública, publicará en la página web de la entidad la presente resolución y los formatos que se adoptan, con el objeto de facilitar su descarga y diligenciamiento.

 

ARTÍCULO 3. Comunicación. La presente Resolución deberá ser comunicada a los secretarios generales y jurídicos de las entidades y organismos que hacen parte de la Rama Ejecutiva del orden nacional, a través de los equipos transversales y de los correos electrónicos.

 

ARTÍCULO 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de septiembre de 2020.

 

PUBLÍQUESE, COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE

 

FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO

 

DIRECTOR GENERAL

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