Decreto 2894 de 2006 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2894 de 2006

Fecha de Expedición: 29 de agosto de 2006

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2894 DE 2006

 

(Agosto 29)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia concepto favorable; 

 

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable, 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos: 

 

N. de cargos 

Dependencia y Empleo 

Código Grado 

PLANTA GLOBAL 

2 (dos) 

Asesor 

1020-14 

2 (dos) 

Asesor 

1020-11 

1.(uno) 

Asesor 

1020-02 

 

ARTÍCULO 2º. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos: 

 

N. de cargos 

Dependencia y Empleo 

Código Grado 

DESPACHO MINISTRO 

1 (uno) 

Asesor 

1020-11 

ASESOR VICEMINISTRO TECNICO 

2.(dos) 

Asesor 

1020-07 

 

ARTÍCULO 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 247 de 2004. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 29 días del mes de agosto de 2006.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

El Ministro De Hacienda Y Crédito Público,

 

Alberto Carrasquilla Barrera.

 

El Director Del Departamento Administrativo De La Función Pública,

 

Fernando Grillo Rubiano.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 46375. 29, agosto, 2006.